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Recurso de amparo rechazado.

Detención de persona denunciada de robo se ajusta a derecho al verificar que mantenía vigente prohibición de acercamiento al domicilio de su abuelo.

Al controlar su identidad, Carabineros se percató del hecho y trasladó al amparado al retén, luego de ello, fue denunciado de robo con violencia por la víctima.

11 de junio de 2022

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Talca, que rechazó el recurso de amparo interpuesto por un particular, en contra del personal de Carabineros del retén de la localidad de Sarmiento en la comuna de Curicó, por arrestar a su nieto sin justificación aparente.

En su libelo, el recurrente indica que el 24 de mayo de 2022 a las 19:00, cinco desconocidos se presentaron en su hogar, asegurando que su nieto junto a otro desconocido habría asaltado a un menor de 16 años, hecho que desmiente pues su nieto estuvo compartiendo con él toda la tarde en diversas actividades. Al llegar los funcionarios de Carabineros al lugar, indicaron al nieto del recurrente que los acompañara a identificar el domicilio del otro presunto asaltante, siendo trasladado de esta manera al retén policial, disponiendo su detención en tal recinto.

Alrededor de las 22:00, vuelve personal de Carabineros al domicilio del recurrente y le indican que su nieto está en problemas, ya que tiene una orden vigente de prohibición de acercarse a su hogar. En tal sentido, estima que el actuar de los funcionarios policiales ha vulnerado la libertad personal y debido proceso de su nieto, sosteniendo que en ningún momento le fueron leídos sus derechos o informado el motivo de su detención; por lo tanto, pide que se deje sin efecto la orden de arresto en contra del amparado.

En su informe, la recurrida indica que el personal policial acudió al lugar luego de instrucciones de CENCO, por un procedimiento de amenazas. En su llegada se percataron que el amparado estaba siendo increpado por varias personas que huyeron al ver la presencia de Carabineros. Añade que, el amparado indicó que había venido de visita a la casa de su abuelo, momento en que es denunciado por el presunto robo a un menor de edad. A continuación, es trasladado al retén donde se realiza su lectura de derechos, y al controlar su identidad es verificada la existencia de una orden de alejamiento dictada en marzo de 2022 y vigente por un año, respecto del domicilio donde fue detenido, hecho por el cual, es enviado a la Comisaría de Curicó por el delito de desacato.

Al respecto, la Corte de Talca advierte que, “(…) del mérito de los antecedentes, aparece que el actuar de Carabineros se enmarcó dentro de un procedimiento originado en una llamada de CENCO por hechos ocurridos en la vía pública, se controla la identidad del amparado quien se encontraba en el lugar, siendo conducido al cuartel policial dentro de dicho procedimiento, ya en dicho lugar reciben la denuncia sobre un supuesto robo con violencia, ocurrido recientemente, procediendo a tomar detenido a la persona que fue indicada como autora por parte de la víctima, correspondiendo al amparado”.

El fallo concluye que, “(…) Además consta de los antecedentes del recurso que se dio cuenta al Ministerio Público, en tiempo y forma, mediante el parte oficial, que también existía una medida cautelar de prohibición de acercarse al abuelo, quien comparece como recurrente en este recurso en favor del amparado, por lo que el actuar de la recurrida no arroja vicios de ilegalidad ni arbitrariedad, sin perjuicio de lo que se resuelva o se haya resuelto en la sede penal respectiva”.

En mérito de lo expuesto, rechazó el recurso de amparo; decisión que fue confirmada por la Corte Suprema en alzada.

 

Vea sentencias de la Corte Suprema Rol N°20.598-2022 y Corte de Talca Rol N°144-2022.

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