Daño moral.
Juzgado Civil ordena a empresa de buses indemnizar a hermana de pasajera fallecida en accidente en Ovalle.
El Tribunal estableció la responsabilidad de la empresa en el accidente que se originó debido a las condiciones físicas deficientes del conductor del vehículo de pasajeros que volcó a la altura del puente El Teniente, comuna de Ovalle, y dejó a cuatro pasajeros fallecidos y numerosos lesionados.

El Vigesimonoveno Juzgado Civil de Santiago condenó, con costas, a la Empresa de Transportes Rurales SpA (Turbus) a pagar una indemnización de $25.000.000 por concepto de daño moral, a hermana de pasajera que resultó fallecida en accidente de tránsito registrado en Ovalle, en julio de 2016.
El fallo señala que, en el caso de marras, los presupuestos de la responsabilidad reprochada se encuentran superados y totalmente acreditados, por cuanto y como ya se esbozó, la demandada, al tiempo de producirse el accidente, era la dueña del bus que se volcó en la Ruta 5 Norte a la altura del kilómetro 332, en Ovalle, vehículo que era conducido por Francisco Antonio Guajardo Guajardo –trabajador dependiente de la misma empresa– en condiciones físicas deficientes, con sueño, cansancio o fatiga, quedándose dormido un instante, que le impidió maniobrar correctamente la máquina, con el desenlace fatal ya conocido.
Añade que por tanto, existe una acción ejecutada con culpa, consistentemente con el reproche penal que mereció el conductor por diversos tipos, entre los cuales se cuenta el cuasidelito de homicidio.
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