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Imagen: cambio21.cl
En fallo unánime.

Corte de Punta Arenas deja en libertad bajo fianza a militares (r) por secuestro y torturas a dirigente estudiantil.

El Tribunal de alzada ordenó la libertad de los procesados, quienes permanecen en sus respectivos domicilios bajo la custodia de efectivos de Carabineros, previo pago de fianza de $500.000.

17 de octubre de 2022

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó la libertad provisional bajo fianza del almirante en retiro de la Armada Walter Radic Prado y del oficial de Ejército de reserva y fiscal militar Gerardo Álvarez Rodríguez, sometidos a proceso como autores de los delitos de detención ilegal, secuestro calificado y aplicación de tormentos y como cómplices de abusos deshonestos en contra de Magda Ilia Ruiz Méndez. Ilícitos cometidos a partir de septiembre de 1973 y julio de 1974, en distintos recintos militares de la ciudad.

El fallo señala que teniendo presente lo dispuesto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Penal, se aprueban las resoluciones consultadas.

En esta etapa procesal, la ministra en vista extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos, Marta Jimena Pinto Salazar, reunió antecedentes suficientes para tener por acreditado que Magda Ilia Ruiz Méndez, dirigente escolar, fue detenida por primera vez el 14 de septiembre de 1973 por personal del Ejército y nuevamente en octubre, noviembre y diciembre del mismo año. Fue interrogada, torturada y sometida a violencia sexual en los recintos conocidos como ‘La casa del deportista’ y el fundo ‘Los Roblecitos’, y también en el regimiento Ojo Bueno. En 1974 fue sometida a Consejo de Guerra, tras lo que obtuvo pena remitida de 360 días. Posteriormente fue relegada a Santiago, desde donde partió al exilio en Dinamarca hasta 1988.

El tercer procesado en causa, el oficial civil de la Fuerza Aérea Otto Trujillo Miranda se mantiene en prisión preventiva en la base aérea El Bosque de Santiago, recinto militar donde cumple la medida cautelar en causa diversa.

 

Vea sentencia Rol Nº179-2022

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