Noticias

Imagen: conectadosconlamemoria.cl
En fallo dividido.

Corte de Santiago confirma fallo que ordenó al Fisco indemnizar a víctima torturada por agentes de la CNI en Comisaría de Vallenar y cuarteles de La Serena y Santiago.

El Tribunal de alzada descartó infracción de ley en la sentencia impugnada, dictado por el Quinto Juzgado Civil de Santiago, que rechazó la excepción de prescripción argüida por el Fisco, tras establecer que el demandante fue víctima de crimen de lesa humanidad.

30 de diciembre de 2022

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió la demanda presentada en contra del Fisco y que ordenó el pago de una indemnización de $15.000.000 por concepto de daño moral, a Juan de Dios Márquez Miranda, quien fue detenido el 6 de agosto de 1986 en Coquimbo y torturado por agentes de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI) en Comisaría de Vallenar y cuarteles de La Serena y Santiago.

El fallo señala que, se confirma la sentencia apelada, dictada por el 5° Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol C-28850-2019, con declaración que los intereses se devengarán una vez que la demandada se constituya en mora”, consigna el fallo.

Decisión adoptada con el voto en contra del abogado Montt Swett y la prevención del fiscal Norambuena Carrillo, quien estuvo por confirmar la sentencia en alzada, pero elevando el monto de la indemnización de perjuicio por concepto de daño moral a la suma de $30.000.000.

El fallo de primer grado ratificado estableció que, cabe reiterar que la presente acción es de carácter reparatoria por derivar de la violación a los derechos humanos en crímenes de lesa humanidad, la que se rige por preceptos del derecho internacional que consagran la imprescriptibilidad, la que debe regir tanto en el ámbito penal como en el civil.

Añade la resolución de primera instancia que de seguir la tesis de la demandada, esto es, aplicar a este caso la prescripción del derecho privado, implicaría permitir que el Estado evitara cumplir su deber y se negaran derechos fundamentales, como el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de las personas, por quien, como se señaló precedentemente, es el constitucionalmente obligado a resguardarlos, lo que lleva a rechazar la excepción de prescripción.

 

Vea sentencia Corte de Santiago Rol Nº13.528-2022 y primera instancia Rol C-28850-2019.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *