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Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Rusia debe indemnizar a opositor Aleksey Navalny por no investigar un atentado contra su vida.

La investigación realizada por las autoridades internas no ha estado abierta al escrutinio y no tuvo en cuenta el derecho de la víctima a participar en el proceso. Además, no exploró las alegaciones de un posible motivo político detrás del intento de asesinato, así como la posible participación o colusión de agentes estatales.

10 de junio de 2023

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda que Aleksey Navalny, prominente opositor del gobierno de Vladimir Putin, dedujo contra el Estado ruso. Dictaminó que Rusia vulneró el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que consagra el derecho a la vida.

En 2020, Navalny enfermó gravemente tras regresar a Rusia luego de un viaje al extranjero. Sus cercanos sospecharon inmediatamente que no podría haber sido envenenado, por lo que solicitaron a las autoridades investigar el caso. Se llevó a cabo una investigación que no arrojó resultados por lo que desestimaron el caso. A petición de su familia se le otorgó una medida cautelar para tratar sus problemas de salud en Alemania.

Tras una serie de exámenes toxicológicos, los médicos alemanes llegaron a la conclusión de que Navalny había sido envenenado con un agente nervioso del tipo novichok, prohibido por los tratados internacionales. Los resultados fueron confirmados posteriormente por la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ). A raíz de esta revelación, Navalny exigió a las autoridades rusas una investigación penal por lo que consideró un atentado contra su vida. En especial, solicitó que se investigara a los servicios de inteligencia por su presunta autoría en el ataque.

Sus solicitudes fueron desestimadas en todas las instancias. Las autoridades fundaron su decisión en una supuesta inexistencia de pruebas objetivas y en la falta de cooperación de las autoridades alemanas. Sin perjuicio de lo anterior, el persecutor abrió y finalizó la investigación en varias ocasiones, lo que Nalvany consideró un intento por dilatar deliberadamente las pesquisas para dar con los responsables. Debido a la inacción de las autoridades, demandó al Estado ruso en estrados del TEDH, en virtud de los artículos 2 (derecho a la vida) y 13 (derecho a un recurso efectivo) del Convenio.

En su análisis de fondo, el Tribunal observa que “(…) en el contexto del sistema legal ruso, una “investigación previa a la investigación” por sí sola no podía castigar a los responsables, ya que la apertura de un caso penal y una investigación penal eran requisitos previos para la presentación de cargos.  Dicho marco legal es inadecuado. En particular, es inadecuado para establecer los hechos, para verificar versiones contradictorias de los hechos y para reunir pruebas admisibles en procesos penales, y no asegura el derecho del solicitante a una participación efectiva en el proceso, ya que no se le podía otorgar el estatus de “víctima”.

Agrega que “(…) Navalny es una destacada figura de la oposición cuyo activismo, particularmente en la lucha contra la corrupción, había resultado en sus múltiples arrestos, detenciones, condenas penales y malos tratos. Ya hubieron denuncias de reiteradas amenazas y ataques en su contra. Por lo tanto, el móvil político debió ser un elemento esencial de la investigación. Sin embargo, la investigación no solo no abordó el posible vínculo entre el incidente y sus actividades públicas, sino que tampoco persiguió seriamente la versión de agresión premeditada”.

Comprueba que “(…) el desarrollo y uso del agente novichok utilizado requería tiempo, habilidad y un nivel de organización que difícilmente podrían lograr personas ajenas a las agencias estatales. Además, investigaciones independientes incluso habían identificado a agentes estatales específicos involucrados en el envenenamiento. Para cumplir con los requisitos del aspecto procesal del artículo 2, las autoridades deberían haber explorado esas alegaciones. Sin embargo, no se habían verificado o los hallazgos no se habían divulgado.

En definitiva, el Tribunal concluye que “(…) la investigación realizada por las autoridades internas no había estado abierta al escrutinio y no tuvo en cuenta el derecho de la víctima a participar en el proceso. Además, no había explorado las alegaciones de un posible motivo político detrás del intento de asesinato, así como la posible participación o colusión de agentes estatales, y no hizo un seguimiento del uso denunciado de una sustancia identificada como arma química prohibida por el derecho internacional”.

Al tenor de lo expuesto, el Tribunal condenó a Rusia a pagar 40.000 euros a Navalny.

 

Vea sentencia Tribunal Europeo de Derechos Humanos 36418720.

 

 

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