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Imagen: PDAO
Plan de descontaminación de 2015.

Superintendencia del Medio Ambiente inicia procedimiento sancionatorio contra edificio por uso de caldera contaminante.

La nueva norma de emisión se estableció para descontaminar la ciudad de Osorno.

14 de junio de 2023

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en cumplimiento a su deber de protección al medio ambiente, formuló cargos en contra del “Edificio Baquedano” ubicado en la ciudad de Osorno, Región de Los Lagos, por incumplir con la norma de emisión de material particulado.

Durante el año 2022, la Superintendencia en ejercicio de su potestad fiscalizadora, concurrió a realizar una inspección ambiental al edificio, advirtiendo que la existencia de dos calderas, una que funciona a petróleo diésel y otra con leña como combustible, las que son anteriores a la entrada en vigencia de la nueva norma de emisión.

Cabe recordar que la norma vigente estableció un plan de descontaminación para la ciudad de Osorno el año 2015, y otorgó como plazo hasta el año 2019, para adecuar las fuentes de emisión existentes a la nueva norma, que definía un máximo de 100 MP, lo que fue ampliamente superado por la caldera a leña que generó mediciones de 100,4 y 317,7MP.

En base al hecho establecido, la Superintendencia formuló un cargo contra el edificio, calificado como leve, por “superar el límite máximo de emisión de MP respecto de la fuente tipo caldera a leña”.

Los copropietarios se exponen a multas de hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a más de $ 700 millones.

La formulación de cargos por la SMA da inicio a un procedimiento administrativo sancionatorio, que le da la oportunidad a los infractores para que, en un plazo de 10 días presenten un Programa de Cumplimiento para cesar o mitigar las emisiones, o bien, 15 días para formular descargos ante la Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.

 

Vea texto de Resolución Exenta N°1 / ROL F-20-2023 de la SMA.

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