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Corte Suprema de Canadá.

Ex cónyuge que pago primas del seguro de vida pero que fue reemplazada como beneficiaria por su ex marido en favor de la nueva pareja de éste, tiene derecho a percibir la indemnización pues de lo contrario habría enriquecimiento sin causa.

En el presente caso, está claro que ambas partes esperaban recibir el producto de la póliza de seguro de vida. Sin embargo, las consideraciones residuales favorecen a la actora, dado que su contribución al pago de las primas en realidad mantuvo viva la póliza e hizo posible el derecho de la demandada a recibir el producto tras la muerte del causante.

21 de octubre de 2023

La Corte Suprema de Canadá acogió el recurso deducido por una mujer que fue privada de los fondos de una póliza de seguro, al estimar que se configuró un enriquecimiento sin causa que la perjudicó. Ordenó a la demandada restituir la totalidad del dinero percibido a través de un fideicomiso constituido en favor de la actora.

En 1985, un hombre adquirió una póliza de seguro de vida por un valor de 250.000 dólares y designó como beneficiaria a su esposa, por lo que ella recibiría el dinero si este fallecía. Hasta el año 2000 pagaron una prima de 507,50 dólares anual de una cuenta bancaria conjunta. El mismo año acordaron verbalmente que la mujer pagaría todas las primas anuales. A cambio, el hombre mantendría a su cónyuge en la póliza como única beneficiaria. En 2003 se divorciaron.

Posteriormente designó como beneficiaria “irrevocable” de la póliza a su nueva pareja, a pesar de que había aceptado mantener a su ex cónyuge como única beneficiaria, a la cual no comunicó este cambio. Sin embargo, tras el fallecimiento del hombre en 2013, la ex cónyuge se enteró de que había sido eliminada como beneficiaria tras el deceso, por lo que demandó a la pareja por U$250.000, el valor de la póliza. Alegó que esta obtuvo un beneficio a sus expensas y que no había base legal para ello, por lo que se configuraba un “enriquecimiento injusto”.

La Ley de Seguros de Ontario (Canadá) establece las normas que regulan las pólizas de seguro. Señala que una persona asegurada puede nombrar a otra persona como beneficiaria de su póliza de seguro de vida. Esa otra persona puede ser nombrada beneficiaria “revocable” o “irrevocable”. Los primeros pueden ser eliminados de una póliza en cualquier momento. No es necesario que estén de acuerdo, ni siquiera que se les informe que van a ser eliminados. La ex cónyuge era una beneficiaria “revocable”, mientras que la demandada una “irrevocable”.

El juez de primera instancia acogió la demanda, y su decisión fue revocada por el tribunal ad quem. Este resolvió que la demandante solo debía recuperar lo pagado por las primas (7.000 dólares) y que el resto del dinero pertenecía a la demandada. La actora apeló el fallo en estrados de la Corte Suprema.

En su análisis de fondo, la Corte observa que, “(…) un fideicomiso constructivo se entiende principalmente como un recurso equitativo que puede imponerse a discreción de un tribunal. Primero se debe encontrar que existe una base equitativa adecuada, como una reclamación exitosa por enriquecimiento injusto. Un demandante tendrá éxito en la causa de la acción por enriquecimiento injusto si puede demostrar tres elementos: (1) que el demandado se enriqueció; (2) que el demandante sufrió una privación correspondiente; y (3) que el enriquecimiento del demandado y la correspondiente privación del demandante se produjeron en ausencia de una razón jurídica”.

Agrega que “(…) una vez que el demandante ha demostrado exitosamente que no se aplica ninguna categoría de razón jurídica,  el análisis pasa a la segunda etapa  en la cual el acusado debe establecer alguna razón residual por la cual se debe retener el enriquecimiento. Entran en juego consideraciones tales como las expectativas razonables de las partes y los argumentos morales y de política. En el presente caso, está claro que ambas partes esperaban recibir el producto de la póliza de seguro de vida. Sin embargo, las consideraciones residuales favorecen a la actora, dado que su contribución al pago de las primas en realidad mantuvo viva la póliza e hizo posible el derecho de la demandada a recibir el producto tras la muerte del causante”.

Comprueba que “(…) una vez establecido cada uno de los tres elementos de la causa de acción por enriquecimiento injusto, el remedio es de naturaleza restitutiva y puede tomar una de dos formas: personal o patrimonial.  El remedio patentado más generalizado e importante para el enriquecimiento injusto es el fideicomiso constructivo. Los tribunales otorgarán un fideicomiso constructivo a la propiedad en disputa sólo si el demandante puede establecer que un recurso personal sería inadecuado; y que existe un vínculo entre sus contribuciones y la propiedad en disputa”.

La Corte concluye que “(…) normalmente, una indemnización personal sería adecuada en casos como éste, en los que la propiedad en juego es dinero. Sin embargo, en el presente caso, el dinero del seguro en disputa se pagó a los tribunales y está disponible para ser depositado en un fideicomiso constructivo. Además, el pago de las primas por parte de la actora estaba causalmente relacionado con el mantenimiento de la política bajo la cual la demandada se enriqueció. Por lo tanto, se debe imponer un fideicomiso constructivo por la totalidad de los ingresos a favor de la demandante”.

En mérito de lo expuesto, la Corte acogió el recurso y revocó el fallo impugnado.

 

Vea sentencia Corte Suprema de Canadá 2018 SCC 52.

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