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imagen: clinicadentalgaudi.com
Perú.

Laboratorio es multado por asegurar falsamente en redes sociales que uno de sus productos podía evaluar la efectividad de las vacunas contra el Covid-19.

Se determina que el mensaje publicitario que la empresa difundió en los perfiles de las redes sociales Facebook e Instagram denominados “Biolab & Inmunomed” y “Biolabinmunomed, a través de las piezas publicitarias cuestionadas, no corresponde a la realidad. En consecuencia, se han configurado los actos de engaño denunciados.

12 de noviembre de 2023

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) desestimó el recurso interpuesto por un laboratorio que fue sancionado por incurrir en publicidad engañosa respecto a un producto ofrecido en redes sociales. Dictaminó que los antecedentes presentados, entre ellos diversos estudios, dan por acreditado el engaño denunciado.

Un laboratorio publicitó en redes sociales una “Prueba de Anticuerpos Neutralizante”, asegurando que era capaz de verificar la efectividad de las vacunas del Covid-19. Tras recepcionar denuncias por un presunto engaño, el INDECOPI realizó una investigación para verificar si lo señalado por la empresa era verídico. 

Después de recabar informes y estudios de organismos especializados, llegó a la conclusión de que la empresa había incurrido en publicidad engañosa y que había infringido la normativa sobre competencia desleal. Por este motivo, le impuso una multa pecuniaria. El laboratorio recurrió la resolución en estrados del propio INDECOPI.

En su análisis de fondo, el INDECOPI observa que, “(…) el Colegio Médico informó —con relación a las pruebas de anticuerpos neutralizantes— que no existe una prueba que determine la protección post vacunación contra la Covid-19. Además, otras entidades han concluido, tras diversos estudios, que las pruebas de anticuerpos neutralizantes no pueden determinar si una persona está protegida contra la infección causada por el virus del SARS-CoV-2”.

Agrega que, “(…) se determina que el mensaje publicitario que difundió en los perfiles de las redes sociales Facebook e Instagram denominados “Biolab & Inmunomed” y “Biolabinmunomed, a través de las piezas publicitarias cuestionadas, no corresponde a la realidad. En consecuencia, se han configurado los actos de engaño denunciados”.

Señala que “(…) aun cuando la denunciada hubiera demostrado que la prueba de anticuerpos neutralizante que comercializa contaba con las autorizaciones correspondientes, es importante resaltar que ostentar dicha habilitación y/o permiso no enerva la responsabilidad de los agentes económicos de sustentar documental y fehacientemente las afirmaciones publicitarias que decidan difundir sobre los productos que ofrecen en el mercado”.

El INDECOPI concluye que, “(…) corresponde confirmar la Resolución sancionatoria en el extremo que halló responsable a la recurrente por la comisión de actos de engaño, por la difusión de anuncios publicitarios del producto “Pruebas de Anticuerpos Neutralizantes” en las redes sociales Facebook e Instagram, que darían a entender que el producto en cuestión, tras la aplicación de la vacuna contra la Covid-19, podría verificar la efectividad de la vacunación, cuando ello no sería cierto”.

En mérito de lo expuesto, el INDECOPI desestimó el recurso y confirmó la sanción impuesta. 

 

Vea resolución Indecopi 037-2022.CCD.

 

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