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Recurso de protección rechazado por Corte de Valparaíso.

Hostigamientos no se han acreditado y derechos invocados por la recurrente no son indubitados por lo que la acción no puede prosperar.

No se vislumbra el cumplimiento del presupuesto de existir derechos indubitados si la actora alega que se le reconozca la prescripción adquisitiva extraordinaria sobre parte del inmueble lo que actualmente se discute en sede judicial, por lo que no es posible que sostenga exista vulneración del derecho de propiedad pues solo tiene una mera expectativa jurídica.

18 de enero de 2024

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de protección interpuesto por la ocupante de un inmueble en contra de una vecina por haber roto el cierre perimetral del predio.

La actora expuso que, con ocasión de un contrato de promesa de compraventa celebrado en el año 1994 con el abuelo de la recurrida, hace más de 29 años ha poseído materialmente el inmueble de manera ininterrumpida, llevando a cabo actos materiales sobre la cosa, como es el cerramiento y la construcción de una casa en la cual habita hoy su madre. Sin embargo, al no haberse podido realizar la debida inscripción de la propiedad ante el CBR es que, la recurrida luego de que falleciera su abuelo procedió a realizar la posesión efectiva y con ello, inscribir la especial de herencia respecto del inmueble junto con adquirir los derechos que le correspondían a la cónyuge del causante mediante escritura pública de cesión de derechos, situación que permitió que la recurrida tras haberse ido a vivir al terreno contiguo de ella, no sólo comenzó a insultar a su madre y amenazarla de sacarla de la casa, sino que además procedió a romper una parte del cierre perimetral, para efectos de que sus perros tengan libre acceso a la parte de su terreno, intimidando de esta forma a su madre para que abandone la propiedad, sin éxito, junto con arrojarle diariamente su basura en el terreno que legalmente posee.

En ese contexto, agrega, decidió interponer una demanda de prescripción adquisitiva extraordinaria ante el Tercer Juzgado Civil de Viña del Mar, la cual se encuentra actualmente en tramitación.

En mérito de los hechos que expone, estima que se vulnera su integridad física y psíquica y el derecho de propiedad, por lo que solicita que se ordene dar termino a toda acción de hostigamiento y perturbación de la posesión por parte de la recurrida o de cualquier persona de su entorno familiar, que se restaure el cierre perimetral y que se proceda a limpiar la basura arrojada a su predio.

La recurrida informó que, “(…) existe entre las partes un litigo civil en curso, por lo que la prescripción que alega la contraparte no ha sido declarada por sentencia firme, la que, por tanto, tampoco ha sido inscrita en favor de la recurrente. Por consiguiente, no puede considerarse que sea propietaria de la parte en que reclama y con ello ocurrir las supuestas vulneraciones. En consecuencia, la recurrida, al ejercer actos inherentes a su dominio sobre el inmueble, no ha incurrido en actos ni ilegales ni arbitrarios.”

La Corte de Valparaíso rechazó la acción de protección. El fallo razona que, “(…) no se vislumbra el cumplimiento del presupuesto de existir derechos indubitados de la actora, toda vez que, tal como lo reconoció en su libelo, el título que justifica la ocupación que realiza del inmueble de autos no ha sido declarada por el Tribunal que corresponde, en el juicio civil en actual tramitación, de tal manera que, no es posible que exista la vulneración incoada respecto a una mera expectativa jurídica, en orden a adquirir por prescripción la parte del predio que ocupa.”

También observa que, “(…) no se han acreditado los hostigamientos a que se refiere el libelo, toda vez que, de las fotos acompañadas al recurso, se advierte únicamente la presencia de un perro y basura, sin que pueda determinarse el lugar al que corresponde.”

En base a esas consideraciones, la Corte rechazó el recurso de protección en contra de la heredera.

 

Vea sentencia Corte de Valparaíso Rol N°22758-2023.

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