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Imagen: trespm.mx/
Huyó del lugar sin prestar auxilio a la víctima.

Corte de Punta Arenas confirma la prisión preventiva de imputado por conducción en estado de ebriedad causando lesiones graves gravísimas.

La Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, al compartir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

18 de febrero de 2024

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó la medida cautelar de prisión preventiva de José Luis Álvarez Álvarez, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando lesiones graves gravísimas y huir del lugar sin prestar auxilio a la víctima. Ilícitos perpetrados en junio del año pasado, en la comuna.

El fallo señala que, atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, compartiendo los argumentos vertidos por el Juez a quo, especialmente teniendo en consideración que no se encuentran discutidas las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y con los antecedentes hasta ahora reunidos en la carpeta investigativa, se establece que existen antecedentes que justifican la existencia del delito que se investiga y que permiten presumir fundadamente que el imputado ha tenido participación en el delito como autor.

La resolución agrega, que, así las cosas en cuanto a la necesidad de cautela, esta Corte estima que con los nuevos antecedentes aportados por la parte recurrente en esta audiencia, estos no resultan ser suficientes para modificar la medida cautelar impuesta al imputado, por cuanto con los antecedentes hasta ahora reunidos en la investigación, se da cuenta que se encuentran suficientemente establecidos los requisitos de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, teniendo presente que la libertad del imputado resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad de la pena asignada al delito, las circunstancias y carácter del mismo, el hecho que el imputado ha sido condenado con anterioridad –en dos ocasiones– por delitos de la misma especie y, especialmente, el bien jurídico protegido, por cuanto en atención al informe emitido por el Servicio Médico Legal, la víctima quedó en estado parapléjica.

El fallo concluye que por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha nueve de febrero del presente año, dictada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva al imputado José Luis Álvarez Álvarez.

Según el ente persecutor, aproximadamente a las 03:30 horas de la madrugada del 1 de junio de 2023, Álvarez Álvarez conducía en estado de ebriedad –y con la licencia de conducir suspendida por sentencia condenatoria dictada el 23 de marzo de 2023 por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas– a una velocidad no razonable ni prudente, según el informe de la SIAT de Carabineros, por avenida Bulnes de la ciudad de Punta Arenas. En dicho contexto, el imputado colisionó al vehículo que manejaba la víctima, Anita Belén Águila Santana, quien dobló desde calle Mapuche hacía la avenida Bulnes.

Tras el accidente, Álvarez Álvarez huyo del lugar sin prestar ayuda a la víctima ni dar cuenta del accidenta a la autoridad. Horas después, el imputado fue detenido en su domicilio por efectivos de Carabineros, quienes le realizaron el examen de alcotest, el que arrojó 1,31 gramos de alcohol por litro de sangre.

A consecuencia del accidente, la víctima pese a las intervenciones a que fue sometida, quedó parapléjica.

 

Vea sentencia Rol Nº47-2024

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