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imagen: provea.org
Apelación interpuesta por Venezuela fue rechazada.

Investigación contra el régimen venezolano por la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad puede proseguir, dictamina la Corte Penal Internacional.

Un Estado que, como Venezuela, no ha incorporado los crímenes de lesa humanidad en su derecho interno, si bien no está obligado a investigar los presuntos hechos delictivos bajo la calificación jurídica de crímenes de lesa humanidad, debe, no obstante, investigar las acusaciones fácticas que sustentan los elementos contextuales de tales crímenes.

7 de marzo de 2024

La Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI) rechazó la apelación interpuesta por Venezuela, que buscaba detener las investigaciones que lleva a cabo la CPI por la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad en este país. De este modo, confirmó la decisión de la Sala de Cuestiones Preliminares que autorizó al Fiscal de la Corte a proseguir su investigación contra el régimen venezolano.

En 2021, el Fiscal jefe de la CPI, Karim Khan, anunció que abriría formalmente una investigación contra el régimen, en virtud de una solicitud presentada por Argentina, Canadá, Colombia, Chile, Paraguay y Perú.  En 2022, la Fiscalía  notificó  a la Sala de Cuestiones Preliminares que había recibido una solicitud de Venezuela para diferir las investigaciones en favor de las acciones llevadas a cabo por las autoridades nacionales de este país, de conformidad con el artículo 18(2) del Estatuto de Roma.

En 2022, la Fiscalía presentó una  solicitud ante la Sala de Cuestiones Preliminares, solicitando autorización para reanudar la investigación, la cual fue acogida por la Sala, cuya decisión fue impugnada por Venezuela, que alegó manipulación y motivaciones políticas en su contra.

El rechazo de la apelación por parte de la CPI ha generado reacciones encontradas. Mientras que el gobierno venezolano ha expresado su descontento y ha acusado a la CPI de politización, diversos sectores de la sociedad civil y la comunidad internacional han recibido con satisfacción esta decisión, al considerar que es un “paso crucial hacia la justicia y la rendición de cuentas del gobierno de Nicolás Maduro”.

La situación en Venezuela sigue siendo compleja, con protestas y tensiones políticas que persisten. La detención de activistas de derechos humanos, como Rocío San Miguel, y las acusaciones de desapariciones forzadas son motivo de preocupación y subrayan la importancia de un escrutinio internacional continuo sobre la situación de los derechos humanos en el país.

“Los bienes jurídicos protegidos por cada delito pueden discernirse en referencia a los elementos de ese delito específico. Para perseguir los bienes jurídicos protegidos por crímenes de lesa humanidad, un Estado que, como Venezuela, no ha incorporado los crímenes de lesa humanidad en su derecho interno, si bien no está obligado a investigar los presuntos hechos delictivos bajo la calificación jurídica de crímenes de lesa humanidad, debe, no obstante, investigar las acusaciones fácticas que sustentan los elementos contextuales de tales crímenes”, señala el fallo de la Corte

“Si bien el Estatuto de Roma no impone expresamente a los Estados Partes la obligación de incorporar los crímenes de lesa humanidad en su legislación interna, dicha incorporación puede facilitar el cumplimiento de su deber de ejercer jurisdicción penal sobre los responsables de delitos internacionales”, concluye en su decisión.

Vea fallo de la CPI.

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