Juzgado Civil de Santiago rechazó demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual deducida en contra de Clínica privada.
Demandante no acreditó que el tratamiento otorgado no fuera el adecuado.
Demandante no acreditó que el tratamiento otorgado no fuera el adecuado.
El máximo Tribunal señaló que, se pone de manifiesto que el real agravio sufrido por el recurrente consiste en su descontento con el razonamiento y el resultado al que arribaron los jueces del grado.
El máximo Tribunal señaló que, apareció de manifiesto que la sentencia impugnada incurrió en error de derecho.
El máximo Tribunal señaló que, la calidad de representante legal del actor de la parroquia no resultó discutible conforme a las prescripciones canónicas.
La Corte Suprema señaló que, efectivamente la sentencia impugnada incurrió en las contradicciones que se acusan en el libelo.
La Corte Suprema señaló que, se ha de dar por establecido que los jueces del mérito han incurrido, efectivamente, en el yerro jurídico que se les reprochó.
La Corte Suprema señaló que, el recurso de casación en el fondo se erigió sobre la base de hechos que no fueron establecidos por los jueces del mérito a quienes de acuerdo a la ley corresponde precisamente dicha función.
El caso por el homicidio de la joven, quien fue hallada muerta en un colegio de Temuco, se cerró sin culpables después del cuestionado proceso
Se confirmó la sentencia dictada por el Vigésimo Segundo Juzgado Civil que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $1.840.000.000.
La víctima falleció a raíz de un traumatismo encéfalo craneano, tras ser atendido en el Centro de Salud Familiar de Entre Lagos, el 4 de octubre de 2010 y derivado a su casa.