Justicia Electoral

Interpuesto por concejal de Algarrobo.

TRICEL deberá pronunciarse sobre un recurso de apelación interpuesto en contra de una resolución del TER de Valparaíso que acogió una demanda de cesación en el cargo de concejal.

Al acoger la acción interpuesta el TER verificó que el concejal había iniciado un “litigio en contra de la Municipalidad” trasgrediendo así “las normas legales pertinentes y dando origen con ello a que le sea aplicada la sanción de destitución que deriva de las mismas”.Agrega el fallo que “no corresponde a este tribunal ponderar la […]

18 de octubre de 2010
Por notable abandono de deberes.

TRICEL deberá resolver apelación interpuesta en contra de una sentencia del Tribunal Electoral Regional de Tarapacá que rechazó una solicitud de remoción del Alcalde de Huara.

Se presentó una solicitud de remoción del Alcalde de Huara por parte de concejales de ese municipio. Aducen que durante el desempeño de su cargo aquel habría infringido normas sobre probidad administrativa e incurrido en notable abandono de sus deberes afectando gravemente el normal funcionamiento del municipio y el desarrollo de la comuna por las […]

13 de octubre de 2010
Sala de Turno.

TC rechazó presentación de Corte de Apelaciones que solo remite escrito de recurrentes de protección que solicitan declarar inaplicable normas del Estatuto Administrativo. Vía no es idónea.

La Corte de Apelaciones de Iquique remitió al TC copia de un escrito que contiene una solicitud que forma parte de un recurso de protección interpuesto en contra de la Universidad Arturo Prat, en el que se solicita que en base a los fundamentos que en el se exponen la Magistratura Constitucional declare inaplicable diversos […]

13 de febrero de 2009
Ordena al Servel inscribir candidatura.

Tribunal Calificador de Elecciones revocó sentencia del Tribunal Electoral Regional que había confirmado el rechazo de una inscripción de candidatura por cuanto la declaración respectiva no había sido firmada por el candidato.

Luego, agrega, que resulta palmaria la disociación entre la voluntad declarada y la intención, por lo que siguiendo los principios generales de nuestra legislación, debe preferirse esta última, en atención a la clara expresión en tal sentido por parte de quienes incurrieron en la inadvertencia objetada por el Servicio Electoral.

12 de septiembre de 2008
Al término del plazo legal de desafiliación.

Tribunal Calificador de Elecciones revocó sentencia del Tribunal Electoral Regional y ordena al Servicio Electoral inscribir candidatura a concejal declarada como independiente no obstante que figuraba con militancia en partido político.

Añade que son los principios de participación ciudadana, como una extensión de la soberanía, basados en el régimen democrático de gobierno, los que motivan al Tricel a revocar la decisión del TER, al considerar que de esa forma se garantiza en mayor medida la manifestación de voluntad de quienes se afilian o desafilian de los partidos políticos.

12 de septiembre de 2008
Por unanimidad.

Tribunal Calificador de Elecciones revocó sentencia del Tribunal Electoral Regional y ordena al Servicio Electoral inscribir candidatura a concejal declarada como independiente no obstante que candidato tenía militancia en partido político.

Aunque reconoce que efectivamente al Servicio Electoral le corresponde proceder como lo hizo, ante un hecho de la naturaleza del reprochado, puesto que está ante una declaración formal y expresa, es a la Justicia Electoral a la que le compete aquilatar el error y resolver, en consecuencia, cuando se le considere justificado

12 de septiembre de 2008
Ordena al Servel inscribir candidatura.

Tribunal Calificador de Elecciones revocó sentencia del Tribunal Electoral Regional que había confirmado el rechazo de una candidatura a alcalde por cuanto el Administrador Electoral no suscribió la declaración de candidatura.

Las argumentaciones anteriores llevan a este Tribunal a disentir del parecer del Tribunal Electoral Regional, por lo que se declarará lo que corresponde para los efectos de permitir la participación del candidato impugnado en el proceso electoral.

12 de septiembre de 2008
Servel ordena inscripción de candidatos.

Tribunal Calificador de Elecciones revoca sentencia del Tribunal Electoral Regional que había rechazado inscripción de candidaturas por haberse declarado a un mayor número de candidatos que cargos a elegir.

Luego, agrega, que resulta palmaria la disociación entre la voluntad declarada y la intención, por lo que siguiendo los principios generales de nuestra legislación, debe preferirse esta última, en atención a la clara expresión en tal sentido por parte de quienes incurrieron en la inadvertencia objetada por el Servicio Electoral, por lo que debe estarse a la manifestación de la voluntad, que en este caso era poner en la lista respectiva a un candidato por número y no a dos.

11 de septiembre de 2008
Se apeló al Tricel.

Tribunal Electoral Regional confirmó decisión del Servicio Electoral que rechazó inscripción de candidatura por no haberse firmado la declaración por el respectivo candidato.

El Tribunal Electoral Regional (TER), al confirmar lo resuelto por el Servel, tuvo presente que la Ley 18.700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios, establece que la declaración de candidatura deberá ser suscrita, en todo caso, por el candidato o mandatario designado especialmente al efecto.

25 de agosto de 2008
Se apeló al Tricel.

Tribunal Electoral Regional confirmó decisión del Servicio Electoral que rechazó inscripción de candidatura declarada como independiente por encontrarse el candidato afiliado a un partido político.

Razona, además, que el acto de declaración de una candidatura se perfecciona al tiempo de su presentación ante el Servicio Electoral, por lo que el examen practicado por ese organismo debe ajustarse a la manifestación de voluntad expresada en esa oportunidad legal, de lo que se sigue que la causal de rechazo invocada fue correctamente aplicada.

25 de agosto de 2008
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