Antecedente jurídico

Comunidad de hecho entre demandada y anterior dueño de la propiedad es un antecedente jurídico que debió ser considerado por el tribunal para rechazar una demanda de precario.

Los jueces de fondo no consideraron las pruebas que acreditaban la existencia de una comunidad de hecho, entre la demandada y el anterior dueño del predio -actualmente fallecido-, lo que priva de sustento su decisión de acoger la demanda, en circunstancias que la ocupación era conocida y tolerada por los demandantes; por lo tanto, la Corte Suprema anuló de oficio la sentencia recurrida y rechazó la demanda de precario.

25 de marzo de 2024

Comunero debe acreditar que representa a los demás miembros de la comunidad de herederos para demandar de precario, resuelve la Corte Suprema.

7 de febrero de 2024
Asimismo, el máximo Tribunal indicó que entre las partes existen vínculos de parentesco -la madre del demandado integra la comunidad hereditaria que reclama el inmueble-, los que deben ser considerados como un antecedente jurídico al existir conocimiento de la ocupación, por ende, el demandante debe perseguir la restitución de la heredad mediante otras acciones y no a través de la demanda de precario.
Recurso de casación en el fondo rechazado.

Contrato de promesa de compraventa con anterior dueño del inmueble es un antecedente jurídico que habilita la ocupación, por lo que la demanda de precario debe ser rechazada.

El máximo Tribunal indica que es irrelevante si dicho instrumento está o no inscrito, ya que vincula jurídicamente al ocupante con el bien raíz, en consecuencia, la demanda de precario no es la acción adecuada para perseguir la restitución del inmueble.

27 de septiembre de 2023
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