Consejo Nacional de Televisión (CNTV)

Multa de 20 UTM por emitir spot publicitario sobre apuestas deportivas en horario de protección de menores, se confirma por la Corte de Santiago

El spot se exhibió en horario protegido para menores de edad, quienes, según el artículo 35 de la Ley N° 21.430, tienen derecho a buscar, acceder y recibir contenidos informativos adecuados a su edad, madurez y grado de desarrollo y, por ende, se trata de personas cuyas capacidades cognitivas se hallan en desarrollo, pudiendo carecer en ciertos casos de la madurez necesaria para advertir los perniciosos riesgos que puede aparejar el apostar dinero en juegos de azar, de manera frecuente y por montos elevados.

7 de febrero de 2025

Multa de 20 UTM impuesta por CNTV a Chilevisión por emitir publicidad sobre plataformas de apuestas deportivas en horario de protección de menores, se deja sin efecto al no existir regulación específica sobre la materia, resuelve la Corte de Santiago.

10 de diciembre de 2024
Resolvió que, al no existir norma prohibitiva que sancione expresamente la difusión de ese contenido en spots publicitarios en un horario protegido, mal puede colegirse la infracción que arguye CNTV, y que la decisión atenta contra el principio de tipicidad, aplicable al Derecho Administrativo Sancionador, en cuanto la pretendida prohibición de contenido se edifica en un supuesto inexistente, toda vez que aún no ha sido expresamente vedada la difusión de apuestas en línea o de avisos publicitarios vinculados a ese tipo de apuestas.
Consejo Nacional de Televisión.

Multa a Universidad de Chile por emisión de contenido inapropiado en relación al aborto en horario de protección a través de Chilevisión, se confirma por la Corte de Santiago.

Estableció que el horario de protección busca impedir la afectación de la formación espiritual e intelectual de la niñez y la juventud, principio jurídico que integra el correcto funcionamiento de la televisión, acorde a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Televisión. En tal horario, la temática debió ser abordada desde una perspectiva educativa, y que refleje las distintas posturas respecto al tema.

15 de agosto de 2024
Leyes 18.700 y 18.838.

Canales de Televisión no pueden ser sancionados por el contenido de las franjas electorales que emiten por disposición expresa del legislador, dictamina el Contralor.

En este caso el SERVEL carece de atribuciones y el CNTV debe archivar las denuncias por la falta de responsabilidad de los emisores en el contenido de las franjas. Sin embargo, el Contralor aconseja al CNTV orientar en el uso de la franja electoral -resguardando a la democracia, pluralidad, dignidad y otros valores-, en vista a su facultad de velar por el correcto funcionamiento de las difusiones televisivas.

28 de marzo de 2023
Sanción impuesta por el CNTV.

Multa aplicada a Canal 13 por emitir en programa matinal “Bienvenidos” noticia sobre la desaparición de una adolescente de 15 años y el funeral de dos hermanos asesinados en la comuna de El Bosque, se ajustó a derecho, resuelve la Corte de Santiago.

La señal televisiva negó la afectación a la privacidad de los involucrados en las notas periodísticas, toda vez que, por tratarse de un medio de prensa no resulta aplicable la Ley sobre Protección a la Vida Privada y, por informarse sobre hechos delictuales, estos tampoco se consideraban parte de la esfera privada de los afectados.

19 de noviembre de 2022