¿Puede China cambiar la definición de Derechos Humanos?
“Los derechos humanos no son un monopolio de un pequeño número de países, y menos aún deberían utilizarse como herramienta para presionar a otros países e inmiscuirse en sus asuntos internos”
“Los derechos humanos no son un monopolio de un pequeño número de países, y menos aún deberían utilizarse como herramienta para presionar a otros países e inmiscuirse en sus asuntos internos”
La Alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos respondió nueve preguntas que la fiscal Claudia Perivancich le envió en octubre del año pasado, quien indaga la presunta comisión de delitos de lesa humanidad en Chile durante el estallido social.
El control de identidad estigmatiza a los sectores de la población históricamente discriminados debido a su edad, apariencia u origen.
El ministro estableció que en el proceso existen antecedentes suficientes, incluida la declaración del exmilitar y ayudante del director del hospital castrense a la época de los hechos, para estimar que le ha cabido participación, en calidad de encubridor, en el delito de homicidio calificado del ministro de las carteras de Interior y Defensa del gobierno de Salvador Allende.
El ministro Vásquez Plaza condenó a Sergio Fernando Contreras Mejías, Luis Enrique Campos Poblete y Juan Luis Fernando López López a 17 años de presidio. En tanto, Braulio Javier Wilckens Recart deberá purgar 15 años y un día de presidio.
La conducta de los acusados se enmarca dentro los denominados “delitos de lesa humanidad” y resultan imprescriptibles e inamnistiables en conformidad al Derecho Penal Internacional de los Derechos Humanos.
Eduardo Patricio Millán Manríquez, profesor de física detenido y sometido a torturas en recintos de la Armada, en 1975.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el 18° Juzgado Civil de Santiago, en la parte que acogió la demanda, con declaración que la suma que el Fisco deberá pagar a los demandantes por concepto de daño moral, asciende a la suma de $20.000.000 para cada uno.
El Tribunal estableció la responsabilidad del Estado por los daños causados a las víctimas por la comisión de un crimen de lesa humanidad, imprescriptible en el ámbito penal y civil.
Los beneficios de la ley N°19.856 incluyen a sujetos condenados por violaciones a los Derechos Humanos, lo cual implica una forma de impunidad que relativiza la gravedad de los crímenes cometidos y justifica la negación histórica de las atrocidades perpetrada por agentes estatales.