Dictámenes

Prohibición transigir.

CGR determinó que Director del SENCE se encuentra habilitado para otorgar su consentimiento al Consejo de Defensa del Estado respecto de las transacciones que este acuerde en los asuntos que afecten a dicho servicio.

Esto, a propósito de solicitud del Sence, para que determine si esa entidad puede otorgar su consentimiento respecto de las transacciones que acuerde el CDE en los juicios en que tenga interés dicho servicio, pese a la prohibición de transigir que tiene su director nacional.

8 de noviembre de 2020
Uso privado redes sociales.

CGR determinó que no le corresponde emitir pronunciamiento sobre decisión del presidente del Directorio de Metro S.A. de bloquear en su cuenta personal a usuario de Twitter.

El ente contralor adujo que, tratándose de una cuenta de carácter privado de una persona en la citada red social, no corresponde que esta Contraloría General emita un pronunciamiento acerca de la posibilidad que aquella posee, como usuario, para bloqueos de otras cuentas o de su mantención.

8 de noviembre de 2020
Cálculo puntaje asignado.

CGR determinó que Subsecretaría de Redes Asistenciales deberá recalcular el promedio de cambio de tramo que le correspondería a su empleador para la percepción de la asignación asociada al mejoramiento del trato a los usuarios.

El ente contralor concluyó que corresponde que la Subsecretaría de Redes Asistenciales recalcule el promedio obtenido de la suma de los puntajes logrados por los establecimientos de la dependencia del Servicio de Salud Araucanía Sur.

7 de noviembre de 2020
Inhabilidad sobreviniente proveedor.

CGR determinó que para dejar sin efecto una inscripción en el registro de proveedores, debe emitirse el pertinente acto administrativo.

El ente contralor adujo que, al finalizar la evaluación de las solicitudes de los proveedores interesados en ingresar al referido registro, la Dirección de Compras y Contratación Pública debe emitir un acto administrativo que apruebe o rechace la inscripción, el que será reclamable ante el Tribunal de Contratación Pública.

7 de noviembre de 2020
Ficha clínica pacientes COVID-19.

CGR desestimó reconsiderar dictamen que concluyó que no resulta procedente entregar a las municipalidades datos sensibles de salud de personas diagnosticadas con COVID-19.

El ente contralor adujo que en relación con la información a la que alude el solicitante, puede reclamarse ante el Consejo para la Transparencia por eventuales infracciones a las normas sobre transparencia activa o acceso a la información pública, por parte del Ministerio de Salud.

6 de noviembre de 2020
Declaración de vacancia cargo director de control.

CGR determinó que Municipalidad de Macul deberá reabrir procedimiento de invalidación instruido, por cuanto su tramitación adoleció de vicios de legalidad que le restan validez.

El ente contralor adujo que obligatoriedad de los dictámenes es pura y simple, sin que proceda someterla a plazo o condición alguna, por lo que sustentar un criterio diverso supondría que la eficacia de los pronunciamientos y el control de la Administración que estos traducen, quedarían entregados a la diligencia del órgano de que se trate y a su cumplimiento dentro de determinado lapso, lo que no resulta admisible.

5 de noviembre de 2020
Permiso instalación torres soporte y sistemas radiantes de telecomunicaciones.

CGR determinó que Municipios deberán revisar la juridicidad de sus actuaciones y adoptar las medidas que se indican.

Esto, a propósito de solicitud de empresa que objeta la legalidad del cobro de derechos por la “revisión de expedientes para la tramitación de permisos de instalación de torres de soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones” que se establecería en las respectivas ordenanzas de las municipalidades de Cerro Navia, El Bosque, La Florida, Lo Prado, San Felipe, La Calera y La Reina.

4 de noviembre de 2020
Aplicación sanciones.

CGR rechazó solicitud de reconsideración de dictamen relativo a la competencia del SAG para fiscalizar y sancionar infracciones en el ámbito del control de emisiones asociadas a las quemas en terrenos de aptitud preferentemente forestal.

Esto, a propósito de requerimiento del -SAG-, que solicita reconsideración del dictamen N° 3.726, de 2019, mediante el cual se señaló que dicho servicio tiene competencia en materia de fiscalización y sanción en relación con el uso del fuego para las quemas en terrenos de aptitud preferentemente forestal, específicamente en el marco de los planes de prevención y de descontaminación atmosférica que se indican.

3 de noviembre de 2020
Páginade 18