Sentencia penal condenatoria por delitos de malversación de caudales públicos y lavado de activos es suficiente prueba de los perjuicios en sede civil para acoger demanda indemnizatoria en contra del condenado.
No concurren las infracciones a las normas en que se sustentó el recurso de nulidad, el que no puede prosperar por adolecer de manifiesta falta de fundamento.