La Sexta Sala del tribunal de alzada ratificó el fallo del 19° Juzgado Civil de Santiago que acogió la demanda.
26 de septiembre de 2023
La Sexta Sala del tribunal de alzada ratificó el fallo del 19° Juzgado Civil de Santiago que acogió la demanda.
La sola circunstancia de haber dispuesto monitores de televisión a sus clientes constituye un menoscabo a la esfera jurídica de los autores, por cuanto la comunicación pública de sus obras debe ser autorizada por ellos.