CS ordena afiliar a isapre sin exigencias a persona transgénero.
El máximo Tribunal ordenó afiliar la recurrente sin solicitar declaración de salud previa de su condición como enfermedad.
El máximo Tribunal ordenó afiliar la recurrente sin solicitar declaración de salud previa de su condición como enfermedad.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numeral 1, 3 y 24.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso estimo que la Isapre incurrió en una acción arbitraria que lesionó el derecho de propiedad del recurrente consagrado en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago señaló en síntesis que, el actuar de la Isapre recurrida es ilegal.
El máximo Tribunal dispuso que la simple omisión de una enfermedad preexistente no entrega derecho a la Isapre para terminar el contrato.
El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario de la recurrida y le ordenó mantener vigente el contrato en los términos pactados y otorgar la cobertura convenida.