Medida de seguridad

Agravante especial respecto de delitos de lesiones corporales en contexto de violencia intrafamiliar no se puede aplicar a enajenados mentales, resuelve Corte de Valparaíso.

Hay un yerro jurídico en lo relativo al delito de lesiones menos graves, al condenar a la recurrente, en cuanto al determinar la extensión de la medida de seguridad se impuso en un rango mayor al que correspondía. No se puede aplicar lo indicado en el artículo 400 del código punitivo, pues aquello acarrea un disvalor mayor del señalado en la ley estableciendo una agravación especial que el artículo 481 del Código Procesal Penal excluye para imputados enajenados mentales.

25 de marzo de 2024

No le corresponde a la Corte de Apelaciones decretar acciones destinadas a subsanar la ausencia de cupos en centros psiquiátricos para que imputados cumplan con la medida cautelar de internación provisional por escapar de su competencia.

6 de marzo de 2024
La decisión que se cuestiona por esta vía, se encuentra debidamente motivada en aspectos de hecho y derecho, por lo que aquello que la defensa alega como amenaza a la libertad personal y seguridad individual, es una diferencia de opinión respecto a la ponderación de los antecedentes facticos y jurídicos.
Recurso de nulidad rechazado.

Medida de seguridad impuesta a enajenado mental que agredió a su padre en la ciudad de Valdivia, se ajusta a derecho resuelve la Corte Suprema.

El máximo Tribunal hizo notar el carácter temporal de la medida, en razón de la existencia del riesgo de agresión a terceros, desestimando de esta forma el argumento de la defensa que acusó que los 400 días de permanencia en un centro psiquiátrico constituían un tiempo prolongado de internación, en circunstancias que el delito imputado en su grado inferior establece una sanción de 61 días de privación de libertad.

26 de junio de 2023
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