Ministerio Público

Inaplicabilidad rechazada por unanimidad.

Norma que permite al juez de garantía excluir al Ministerio Público si aprecia que los antecedentes no permiten establecer con certeza la inimputabilidad del sujeto requerido, no produce resultados contrarios a la Constitución.

No se divisa que la incomparecencia de la Fiscalía en el proceso penal sea una medida desproporcionada. Dándose un hecho tan excepcional y grave, ha tenido lugar la situación descrita en la disposición legal cuestionada constitucionalmente y, por consiguiente, la Corte Suprema ha procedido a aplicarla, sin que aquello implique una transgresión a la igualdad ante la ley, porque, además, no se puede preterir que el fundamento constitucional de aquella está en el artículo 21 del Código Político.

6 de octubre de 2023
Estado de Derecho.

Declaración del Colegio de Abogados respecto a democracia y juzgamiento de delitos cometidos por organizaciones criminales.

Condena las amenazas que están recibiendo intervinientes del Sistema Procesal Penal, que importa un claro atentado en contra del ejercicio de la función que le corresponde a los Fiscales y a los Jueces, lo que no respeta la debida objetividad e independencia que debe asegurarse para el adecuado ejercicio de las funciones que realizan.

27 de septiembre de 2023
Cámara de Diputados.

Aprueban informe de investigadora sobre nuevas formas de criminalidad y sus efectos.

La Cámara apoyó las conclusiones y recomendaciones propuestas por esta comisión que tuvo su foco en la situación de la macrozona norte. En el texto se valoran los avances en el control migratorio y se llamó a fortalecer a instituciones como la PDI, Carabineros, Aduanas y Ministerio Público.

27 de septiembre de 2023
Recurso de casación en el fondo rechazado.

El Estado es el responsable ante terceros por las conductas arbitrarias o erróneas del Ministerio Público.

Se demandó la indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual a un Fiscal Adjunto del Ministerio Público, en circunstancias que los hechos denunciados fueron realizados en el ejercicio de su labor como funcionario y no como persona natural. La actora debe dirigir la acción en contra del Fisco de Chile, en atención al artículo 5 de la Ley Orgánica del ente persecutor.

18 de septiembre de 2023