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En fallo dividido.

Corte de Concepción confirma la prisión preventiva de chofer de bus imputado por homicidios, lesiones y daños, ilícitos cometidos en cruce ferroviario.

La Quinta Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz, que dejó a Santander Faúndez privado de libertad.

25 de octubre de 2023

La Corte de Concepción rechazó hoy el recurso de apelación presentado por la defensa en contra de la resolución que dejó en prisión preventiva a Alejo Fermín Santander Faúndez, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de homicidio (7); lesiones graves (9), lesiones menos graves, leves y daños calificados. Ilícitos cometidos el viernes 1 de septiembre recién pasado, en el cruce ferroviario Boca Sur, en la comuna de San Pedro de la Paz.

El fallo señala que, de acuerdo al mérito de los antecedentes y teniendo especialmente en consideración los elementos de juicio señalados en la resolución en alzada, sumado a ello los informes de autopsia de las víctimas y los tres videos que fueron exhibidos en estrados, se aprecia nítidamente, en este estadio procesal, que la conducta desplegada por el imputado Alejo Santander Faúndez fue a lo menos con dolo eventual, de modo que, en concepto de esta Corte, se encuentra justificada la existencia de los delitos por los cuales fue formalizado.

La resolución agrega que en relación a lo anterior, no está demás señalar, desde luego, que el dolo eventual no se excluye simplemente por la esperanza de que no se producirá el resultado o porque este no haya sido deseado por el autor, pues en tales supuestos, en realidad, su acción no es sino una manifestación de su indiferencia respecto de unos resultados, cuya producción se ha representado como no improbable.

El fallo concluye que en cuanto a la necesidad de cautela acorde a la gravedad de la pena de los ilícitos por los cuales ha sido formalizado, el número de delitos atribuidos al imputado y el carácter de los mismos, lleva a estimar a esta Corte, que la prisión preventiva es la medida que aquí satisface proporcional, necesaria, idónea y suficientemente la necesidad de cautela, con el objeto de resguardar en forma efectiva y eficaz los fines del procedimiento, toda vez que se estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y, asimismo, tal libertad constituye un peligro de fuga.

Por tanto, se resuelve que se confirma la resolución apelada dictada en audiencia por el Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Alejo Fermín Santander Faúndez.

Acordada con el voto en contra de la ministra suplente señora Sanhueza, quien fue de parecer de revocar la medida cautelar impuesta y sustituirla por una de menor intensidad como las propuestas por la defensa, teniendo ú nicamente presente que, independiente de los varios ilícitos por los que ha sido formalizado el imputado y su eventual calificación jurídica en esta etapa del proceso, la prisión preventiva es una medida subsidiaria de última ratio que opera cuando las demás medidas cautelares resulten insuficientes, atendido lo expresamente dispuesto en el artículo 139 del Código Procesal Penal, y, además, debe  ser proporcional y en este caso la necesidad de cautela se ve suficientemente satisfecha por una cautelar distinta de la impuesta.

 

Vea fallo apelación cautelar Rol Nº1422-2023

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  1. debe ser declarado reo, por ser un peligro para la sociedad y al mismo tiempo el si queda libre donde está la justicia para esas personas que fallecieron, los heridos las familias etc, osea cualquier jetón podrá dejar la cagada y gozará de libertad vigilada, seguramente está metida la política acá ya que el alcalde de San Pedro es representante legal y dueño de máquinas de esa empresa, ojalá que la justicia sea real y el caballero le falten años para arrepentirse y al mismo tiempo sirva como ejemplo para otros que siguen haciendo lo mismo en los cruces de trenes.

  2. Seguro le pondrán un abogado pagado por nosotros los Constribuyentes y capaz que después de la preventiva lo dejen libre…con arresto domiciliario 🤷🏼‍♀️😂🤣😅Siendo el único responsable de tantas muertes y heridos…por su TREMENDA irresponsabilidad como chofer…🙄🙄🙄🤷🏼‍♀️