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No se acompañó registro de asistencia.

Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por vendedor administrativo en contra de la empresa importadora.

El Tribunal estableció que la empresa no justificó la desvinculación del trabajador y le ordenó pagar al demandante: $780.000, de indemnización sustitutiva de aviso previo; $780.000, de indemnización por un año de servicio; el recargo legal (50%) por la suma de $390.000, y por feriado proporcional, la suma de $210.011.

21 de octubre de 2020

El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por vendedor administrativo en contra de la empresa Importadora y Distribuidora Duende Verde Limitada.

La sentencia indica que, respecto a este punto, no se ha aportado prueba alguna a efectos de acreditar el ausentismo del trabajador el día 10 de julio de 2019. No se acompañó el registro de Asistencia de aquella fecha, medio idóneo y esperable en esta clase de controversia. Así pues, ante esta orfandad probatoria de antecedentes objetivos e indubitados, y solo aportándose elementos circunstanciales imprecisos que no permiten superar un estándar de convicción para dar por cierto las afirmaciones referidas por la empresa en su carta de despido, esto es, concretamente que el trabajador se ausentó a laborar el día en que este señala que fue despido verbalmente, no se logra la convicción respecto de los hechos consignados en la carta de despido.

La resolución agrega que, en cambio, la parte demandante acreditó que interpuso reclamo por despido verbal e injustificado en esa fecha, lo que da pie para considerar como un indicio probable que tal hecho ocurrió en la forma que la demandante lo afirmó, no pudiendo la prueba aportada al juicio destruir la factibilidad que aquello sea cierto.

De esta forma, ordena el Tribunal, en base a las consideraciones anteriores, corresponde dar lugar a la declaración de despido ‘injustificado’, que es lo que fue solicitado por la parte demandante, pues si bien la causal aplicada por la empresa da cuenta de un despido ‘indebido’, al no haber acreditado la causal, el actor solicitó la declaración de injustificado ante el hecho del despido verbal ocurrido el día 10 de julio de 2019, por lo que se ordenará el pago de las indemnización correspondientes, con el recargo que establece la Ley en conformidad al artículo 168 letra b) del Código del Trabajo, pero habiéndose establecido como hecho pacífico la fecha de inicio de la relación laboral por las partes en la audiencia preparatoria, se estará a ella para efecto del cálculo de las indemnizaciones y prestaciones demandadas.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº5.594-2019

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