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Imagen: maspormas.com
Eutanasia y muerte asistida.

Parlamento portugués aprueba ley que despenaliza la eutanasia.

La ley pasará al Presidente Rebelo de Sousa, a partir de la segunda semana de febrero, para firmar la moción y promulgarla, someterla a revisión de la Corte Constitucional o vetarla. Tiene 20 días de plazo para esta consideración.

5 de febrero de 2021

El Parlamento de Portugal aprobó definitivamente la Ley de la Eutanasia, lo que lo convierte en ell séptimo país en el mundo en permitir a pacientes con enfermedades terminales buscar asistencia de un médico para terminar con su vida.

La propuesta pasará al Presidente Rebelo de Sousa, a partir de la segunda semana de febrero, para firmar la moción y promulgarla, someterla a revisión de la Corte Constitucional o vetarla. Tiene 20 días de plazo para esta consideración.

La ley legaliza la práctica en determinados casos y bajo estrictas reglas. Las personas mayores de 18 años podrán solicitar asistencia para morir si padecen una enfermedad terminal y sufren un dolor “constante” (o duradero) e “insoportable”, salvo que se considere que no se encuentran mentalmente capacitados para tomar tal decisión. Otra condicionante señala que, el proceso sólo estará abierto o permitido a ciudadanos nacionales y residentes legales, con el objetivo de evitar que las personas viajen a Portugal para obtener ayuda médica para terminar con su vida.

En particular, el texto aprobado prevé que las personas mayores de edad, de nacionalidad portuguesa y que vivan en el país y que se encuentren en una situación de sufrimiento extremo, que presenten lesiones irreversibles o que estén afectados por una enfermedad incurable puedan recurrir al suicidio asistido. Asimismo, establece que la muerte asistida podrás ser practicada en centros de salud nacionales y privados que estén autorizados para la práctica. También podrá ser en un lugar elegido por el paciente, siempre que existan condiciones clínicas y de confort adecuado.

También, la normativa determina que la solicitud deberá ser validada por varios médicos y con un psiquiatra en caso que existan dudas sobre la capacidad de la persona para elegir libre y consciente. En total el paciente deberá tener dos informes favorables y un tercero brindado por un médico psiquiatra. Una vez que cuente con los tres informes, un Comité de Expertos emitirá un cuarto informe. Además, una vez llegado el momento, el médico del paciente tiene la obligación de confirmar, por última vez, la decisión del paciente frente a testigos.

Por su parte, en el caso que el paciente pierda la conciencia, el proceso de detiene de manera inmediata. Cualquier doctor y enfermero podrá argumentar objeción de conciencia para no aplicarla, sin embargo tienen la obligación de derivar al paciente a profesionales que sí lleven a cabo la práctica.

Así, la ley abre la posibilidad a los mayores de 18 años con enfermedades incurables o en situaciones de sufrimiento grave, para que puedan recurrir a un médico para quitarse la vida.

Por último, contempla, por un lado, la eutanasia – cuando un médico administra drogas al paciente – y por otro, la muerte asistida – cuando el mismo paciente se administra las drogas bajo supervisión médica.

La ley pasará al Presidente Rebelo de Sousa, a partir de la segunda semana de febrero, para firmar la moción y promulgarla, someterla a revisión de la Corte Constitucional o vetarla. Tiene 20 días de plazo para esta consideración.

Por último, aquella parte del Congreso que se opuso a esta iniciativa criticó su oportunidad para ser votada, ya que debido a la pandemia del Coronavirus que azota a Portugal, existe una gran ansiedad y miedo entre los nacionales respecto de asuntos que se relacionen con la vida o muerte.

 

Vea texto íntegro del proyecto de ley.

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