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Imagen: COSALE.
Indemnización de perjuicios.

Juzgado Civil de Santiago condenó al Fisco a pagar indemnización de perjuicios por falta de servicio por diagnostico errado del Hospital Militar.

Los daños a la actora derivaron directamente de un accidente vascular que el Hospital no trató de forma oportuna.

10 de febrero de 2021

El Sexto Juzgado Civil de Santiago condenó al Fisco a pagar indemnización de perjuicios por falta de servicio a una paciente que fue diagnosticada de forma incorrecta por los médicos del Hospital Militar.

El conflicto surgió en 2016 luego que una paciente ingresara al servicio de urgencias del Hospital Militar con múltiples malestares, el neurólogo encargado de su tratamiento diagnosticó que estaba sufriendo un cuadro emocional y psicológico que estaba afectando a sus funciones motoras y le dio la alta médica luego de realizarle un scanner TAC. Al día siguiente la actora despertó con parálisis y convulsiones y fue hospitalizada en la Unidad de Tratamientos Intensivos del mismo hospital bajo el diagnostico de un accidente cerebro vascular. La paciente interpuso una demanda de indemnización de perjuicios en contra del Fisco, acusando que las negligencias médicas de los dependientes del hospital y en especial el diagnóstico errado que entregó el neurólogo le causaron daños graves, por los cuales fue declarada incapaz para seguir prestando sus labores profesionales y debe vivir en un centro especializado de rehabilitación donde debe seguir una serie de complejos tratamientos para su recuperación.

El tribunal civil acogió la demanda y condenó al Fisco a pagar 80 millones de pesos en indemnizaciones por daños patrimoniales, morales y lucro cesante a la actora, al estimar que las secuelas físicas y psicológicas de la demandante derivaron directamente de un accidente cerebro vascular que el servicio de urgencia del Hospital Militar no trató de forma oportuna al diagnosticar de forma incorrecta su condición de salud, siendo que se encontraban en posesión de los exámenes pertinentes para determinar que la paciente había sufrido un daño cerebral, lo que constituye una negligencia de los médicos del recinto hospitalario y configura su falta de servicio.

 

Vea texto íntegro de la sentencia del 6° Juzgado Civil de Santiago ROL N°C-18.784-2017

 

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