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COVID-19.

Tribunal español ordena a paciente con covid-19 permanecer hospitalizada por razones de salud pública.

La medida de aislar a la paciente en el hospital puede evitar el contagio a terceros.

15 de febrero de 2021

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Aranda de Duero acordó ratificar el ingreso hospitalario involuntario de una paciente que decretó la Administración Sanitaria del Hospital Santos Reyes en Burgos, España.

El conflicto surge luego que una paciente que ingresó con una neumonía por Coronavirus solicitara el alta médica voluntaria para volver a su hogar. La Administración Sanitaria del hospital resolvió denegar su solicitud, aduciendo que no puede salir de su hospitalización por el peligro que representa su salida para la salud pública.

El Juzgado de Primera Instancia ratificó la decisión del hospital, al estimar que está dentro de la competencia de las autoridades sanitarias adoptar medidas oportunas para el control de los pacientes en conformidad a los artículos 2 y 3 de la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública. A su vez, tuvo presente que el COVID-19 es una enfermedad con un índice de contagio muy alto y la medida de aislar a la paciente en el hospital puede evitar el contagio a terceros, aunque produzca una limitación a derechos fundamentales, existe un equilibrio entre la salud pública y el sacrificio de la libertad de movimiento del afectado.

La resolución dictada fue remitida al Juzgado Contencioso de Burgos para su ratificación.

 

Vea texto íntegro de la resolución Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Aranda de Duero recurso N°1-2021.

 

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