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Corte Suprema.
Moción.

Diputados ingresan proyecto de ley que agrava e incrementa las penas de los delitos que sean cometidos en contra de niños.

Establece como circunstancia agravante que un delito sea cometido en contra de un niño o niña en atención a su situación de vulnerabilidad.

21 de marzo de 2021

La iniciativa, patrocinada por las Diputadas Pamela Jiles y Camila Vallejo, en conjunto con los Diputados Gonzalo Fuenzalida, Marcos Ilabaca, René Saffirio, Gabriel Silber, Leonardo Soto, Víctor Torres y Matías Walker, modifica el Código Penal con el fin de agravar e incrementar las penas de los delitos que sean cometidos contra niños o niñas.

El proyecto expone que, en las últimas semanas la muerte de menores durante la comisión de delitos en contra de la propiedad ha creado una sensación de desamparo e injusticia en la ciudadanía. En conformidad a la Declaración Universal de los Derechos del Niño, por su falta de madurez física y mental las niñas y niños necesita protección y cuidados especiales, por lo que es menester adoptar medidas que tiendan incrementar las penas en contra de los delitos que se cometan en contra de niños y niñas. Los autores de la moción estiman que las agravantes que dispone el artículo 456 bis del Código Penal no son suficientes para proteger a los menores de forma efectiva, por lo que es urgente revisar la legislación penal vigente y agravar las penas a la que se someten quienes cometan delitos contra niñas y niños, ya que atentan contra un sector altamente vulnerable.

Con el fin de agravar las penas de los delitos que se cometan contra niños y niñas, la iniciativa agrega un nuevo numeral al artículo 12 del Código Penal, estableciendo como circunstancia agravante:

“Ser la víctima del delito niño, adulto mayor, persona en situación de discapacidad, o en manifiesto estado de inferioridad física.”

A su vez, modifica el artículo 69 del mismo Código, en los siguientes términos:

“Dentro de los límites de cada grado el tribunal determinará la cuantía de la pena en atención al número y entidad de las circunstancias atenuantes y agravantes y a la mayor o menor extensión del mal producido por el delito teniendo en especial consideración la circunstancia de ser la víctima un niño o niña.”

También realiza modificaciones a los artículos 436, 439 y 449 del mismo código, agravando la pena para quienes cometan los delitos de robo o hurto de vehículos motorizados, si al momento de la apropiación del vehículo hubiere un niño o niña en su interior.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara Baja.

 

Vea texto íntegro del Boletín N°14.107-07 y siga su tramitación aquí.

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