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Moción.

Proyecto de ley establece que serán feriados obligatorios e irrenunciables los días en que se realicen elecciones y plebiscitos.

La iniciativa busca ampliar la participación de la ciudadanía, considerando la actual crisis de representación y de legitimidad del sistema político.

18 de abril de 2021

La moción, patrocinada por las Senadoras Carolina Goic y Adriana Muñoz, junto a los Senadores Alvaro Elizalde, Guido Girardi y Juan Pablo Letelier, modifica la Ley sobre Votaciones Populares y Escrutinios para establecer como feriados obligatorios e irrenunciables los días en que se realicen elecciones y plebiscitos.

La iniciativa se funda en la baja participación de la ciudadanía en los procesos electorales de la última década, la que incluso ha sido inferior al 50% del universo de votantes posibles con la excepción del último plebiscito constitucional realizado el 25 de octubre del año 2020, en el que la participación alcanzó el 50.9%.

Agrega la moción, que frente a esta situación es necesario buscar alternativas que permitan ampliar la participación de la ciudadanía, debido a la crisis de representación y de legitimidad del sistema político. Lo anterior, se complementa con las dificultades de los trabajadores y trabajadoras que ven limitado su derecho a participar en los procesos electorales por el tipo de función que desempeñan.

La iniciativa admite que, si bien la legislación actual reconoce como feriado legal los días de elecciones, esto no tiene carácter obligatorio e irrenunciable. Agrega que esta problemática se acentúa respecto de los trabajadores vinculados al retail y supermercados, quienes ya han manifestado su frustración por las diversas dificultades que sufren para poder ejercer su derecho al sufragio.

Adicionalmente, otro objetivo del proyecto es cuidar de la salud pública de todas y todos, facilitando que los votantes solo se deban transportar para sufragar lo que permitirá a su vez evitar aglomeraciones y otras situaciones de riesgo en el contexto de la actual pandemia.

El proyecto modifica la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, reemplazando el artículo 180 por el siguiente:

«El día o los días que se fijen para la realización de elecciones y plebiscitos serán feriados legales obligatorios e irrenunciables.

Esta disposición también será aplicable para todas y lodos los trabajadores dependientes del comercio, con excepción de los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.

Las sanciones establecidas en el inciso tercero del artículo 2º de la ley Nº 19.973 serán aplicables a quienes infrinjan lo establecido en este artículo.

Los plebiscitos comunales se efectuarán en día domingo.”

El proyecto de ley paso para su estudio a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y de Trabajo y Previsión Social, unidas del Senado.

 

Ver texto íntegro de la moción y siga aquí su discusión.

 

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