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Imagen: concepto.de
Política de cielos abiertos.

Visan acuerdos internacionales que facilitarán servicios de transportes aéreos.

Los instrumentos internacionales celebrados con Turquía, Qatar, Finlandia e Israel se enmarcan en la política aerocomercial de cielos abiertos impulsada por Chile y que tiene como fin conseguir la mayor apertura con los demás países.

13 de octubre de 2021

El Senado ratificó los acuerdos internacionales de servicios aéreos suscritos con Turquía, Qatar, Finlandia e Israel, que se enmarcan en la “política aerocomercial de cielos abiertos impulsada por Chile desde hace varias décadas y que tiene como fin conseguir la mayor apertura con los demás países, en especial en lo relacionado con los derechos de tráfico, libre ingreso a los mercados, libertad tarifaria y mínima intervención de la autoridad”.

Durante la sesión, el senador Juan Pablo Letelier entregó el informe de la Comisión de Relaciones Exteriores y manifestó, “estos convenios son importantes, por cierto” y reflexionó sobre la necesidad que en el futuro proceso constituyente esta facultad quede radicada en la subsecretaría respectiva.

Los acuerdos, una vez que la Cámara de Diputados y Diputadas los remita al Ejecutivo, quedarán en condiciones de ser promulgados.

DETALLES

Los textos aprobados son:

El que aprueba el “Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Turquía”, suscrito en Colombo, el 7 de diciembre de 2017 (Boletín Nº14.181-10);

El que aprueba el “Convenio de Transporte Aéreo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Estado de Qatar”, suscrito en Colombo, Sri Lanka, el 5 de diciembre de 2017 (Boletín Nº14.182-10);

El que aprueba el “Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Finlandia”, suscrito en Nairobi, el 11 de diciembre de 2018 (Boletín Nº14.183-10);

El que aprueba el “Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Estado de Israel”, suscrito en Jerusalén, el 26 de junio de 2019, (Boletín Nº14.186-10).

En términos generales, estos instrumentos internacionales tienen por objeto contribuir al progreso de la aviación internacional, que garantice el grado más elevado de seguridad operacional, promoviendo un sistema de transporte aéreo sobre la base de la libre competencia en el mercado de la aviación aerocomercial, con una mínima interferencia y regulación gubernamental, facilitando, no sólo su expansión internacional, sino que permitiendo a estas empresas ofrecer a los usuarios y embarcadores una variedad de servicios, a las tarifas más bajas, que no sean discriminatorias y no representen un abuso de la posición dominante.

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis Boletín Nº14181-10

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis Boletín Nº14182-10

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis Boletín Nº14183-10

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis Boletín Nº14186-10

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