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Moción.

Proyecto de ley modifica normas que indica para extender beneficios laborales del estado de excepción constitucional de catástrofe, al período de vigencia de la alerta sanitaria por Covid-19.

Se debe realizar una revisión constante de la normativa para evitar que circunstancias no previstas en ella frustren la finalidad protectora del Derecho del Trabajo.

19 de octubre de 2021

La moción, patrocinada por las Diputadas Jenny Alvarez, Daniella Cicardini, Maya Fernández, Emilia Nuyado y el Diputado Gastón Saavedra, modifica normas que indica para extender los beneficios laborales del estado de excepción constitucional de catástrofe, al período de vigencia de la alerta sanitaria por Covid-19.

El proyecto indica que, para enfrentar las graves consecuencias que ha ocasionado la pandemia, se han dictado un conjunto de normas en materia laboral con el objeto de proteger el empleo, las remuneraciones y las condiciones de seguridad y sanitarias de las y los trabajadores y así mantener, en la medida de lo posible, la actividad económica y productiva del país.

Entre ellas, destaca la Ley N°21.260 que establece un conjunto de beneficios para la trabajadora embarazada, mientras se mantenga vigente el estado de excepción constitucional de catástrofe a causa de una enfermedad contagiosa, incluyendo en el Código del Trabajo la obligación del empleador de ofrecer a la trabajadora embarazada la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, sin reducción de remuneraciones o destinarla a labores que no requieran contacto con público; permitiendo la emisión simultánea de licencias médicas por enfermedad grave del niño o niña menor de un año; y prorrogando el fuero maternal cuyo término ocurra durante la vigencia del referido estado de excepción constitucional.

Advierte que la hipótesis normativa empleada por el legislador, establece una relación entre la extensión de los derechos en favor de la madre trabajadora al ejercicio de una facultad exclusiva del Presidente, como es la declaración de un estado de excepción constitucional. No obstante, la motivación fáctica de la ley descansa en una circunstancia sanitaria que no ha decaído, sino, por el contrario, todavía se mantiene generando efectos perjudiciales para la salud de la población.

De esta forma, su idea matiz es prorrogar, mientras se mantenga la “Alerta Sanitaria”, la vigencia de la Ley N°21.260, que consagró un régimen jurídico protector de los derechos laborales de la mujer trabajadora con ocasión del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, y que quedarían sin efecto, de no aprobarse el presente proyecto de ley, tras el término del referido estado de excepción constitucional, que no será prorrogado por el Presidente.

Al efecto, destaca que la alerta sanitaria declarada por el Ministerio de Salud, ha sido prorrogada hasta el día 31 de diciembre del presente año, y es posible se mantenga durante el primer semestre del año 2022.

En mérito de lo expuesto, propone sustituir las alusiones al “estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública” contenidas en el artículo 202 inciso final del Código del Trabajo, por “alerta sanitaria”.

A su vez, reemplaza el inciso primero del artículo 3 de la Ley N°21.260, por el siguiente:

“Las trabajadoras que se encuentren con fuero maternal y cuyo término ocurra durante la vigencia de la alerta sanitaria declarada por el Ministerio de Salud, en virtud del decreto N°4, de 5 de febrero de 2020, o en el tiempo que ésta fuere prorrogada, tendrán derecho a una extensión de dicho fuero hasta el término de la mencionada alerta sanitaria”.

 

Vea texto de la moción y siga su tramitación aquí.

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