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Imagen: Diario de Concepción.
A través de una reforma constitucional.

Buscan aumentar plazo de prórroga del Estado de Excepción Constitucional.

La iniciativa establece una nueva duración, por un término de 60 días, asumiendo que tal espacio de tiempo permitiría mejorar la efectividad de la respuesta estatal ante las graves vulneraciones a la seguridad pública.

14 de julio de 2022

La moción, patrocinada por las Senadoras Carmen Gloria Aravena, Ximena Rincón y los Senadores Juan Castro, Alejandro Kusanovic e Iván Moreira, modifica la Carta Fundamental, en materia de plazos del estado de excepción constitucional de emergencia.

Los autores de la moción señalan que el preocupante aumento de las vulneraciones para la seguridad pública que vienen aconteciendo en el territorio nacional ha demostrado que no se trata de una situación circunstancial ni pasajera. Muy por el contrario, es constatable que el Estado de Chile se enfrenta a un fenómeno arraigado, cuyo impacto se intensifica rápidamente.

Indican que la Constitución Política dispone del mecanismo jurídico conocido como Estado de excepción Constitucional, el cual ha venido declarándose y prorrogándose de forma constante y regular en el último tiempo, con particular celeridad desde 2021. La extensión de tal herramienta constitucional contempla un plazo de 15 días de duración desde que el decreto presidencial es publicado en el diario oficial, prorrogable por 15 días adicionales, en el caso de que la situación que le dio origen persista. En caso de una segunda prórroga, el ejecutivo debe solicitar el acuerdo del Congreso Nacional.

Exponen que, a la fecha, producto del aumento de actos de violencia asociados al terrorismo y crimen organizado, no es posible la contención de estos hechos violentos en el espacio acotado de 15 días que contempla el mecanismo de prórroga.

En virtud de lo anterior, a través de un artículo único, proponen modificar el artículo 42 de la Constitución, estableciendo la siguiente oración: “El estado de emergencia no podrá extenderse por más de treinta días. Para sucesivas prórrogas, el Presidente de la República requerirá siempre del acuerdo del Congreso Nacional, las cuales se extenderán hasta por 60 días.”

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

 

Vea Boletín N°15141-07 y siga su tramitación aquí.

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