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Imagen: CIPER Chile.
CGR.

Jornadas convocadas por el Ministerio de Salud no pueden derivar en actividades o acciones que importen promover el texto de la propuesta de nueva Constitución.

Las autoridades, jefaturas y funcionarios públicos debían ceñirse a las instrucciones contenidas en el Dictamen N°E208180 de 2022.

2 de septiembre de 2022

Se realizó denuncia anónima ante la Contraloría General de la República, fundada en que la Ministra de Salud estaría efectuando intervencionismo en relación con el plebiscito de salida del proyecto de nueva Constitución, con recursos públicos. Ello, toda vez que mediante el oficio que individualiza, la titular de esa cartera habría convocado, con derecho a viático, a funcionarios de los servicios y dependencias relacionados con ese ministerio a la Jornada Nacional de Comunicadores(as) de la Red de Salud “Juntas/os hacia un Sistema Universal de Salud”.

Sobre el particular, el órgano de control hace presente que con ocasión del plebiscito de salida dispuesto en el artículo 142 de la Constitución Política de la República, impartió instrucciones mediante el dictamen N°E208180 de 28 de abril del año en curso.

Destaca que dicho instructivo reitera el deber de prescindencia en procesos eleccionarios y plebiscitarios y, en concreto, señala que las autoridades, jefaturas y funcionarios no deben, en el desempeño de la función pública que ejercen, promover alguna de las posturas de este plebiscito, ni asociar la actividad del organismo respectivo con alguna de ellas, ni ejercer influencia sobre otros empleados o sobre los particulares con el mismo objeto ni, en general, valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar algunas de las proposiciones plebiscitadas. Añade, que configura también un ilícito administrativo usar para los indicados propósitos, los recursos públicos.

Añade que mediante el dictamen N°E215296 de 2022, se atendieron varias denuncias contra diversas autoridades por acciones que los interesados también calificaron de intervencionismo y que acaecieron en una data anterior a sus instrucciones, por lo que se reiteró que todas las autoridades, jefaturas y funcionarios públicos debían ceñirse estrictamente a ellas, “de manera que los indicados personeros se encuentran en el imperativo de ajustar su conducta a las citadas instrucciones en lo sucesivo”.

De esta forma, si bien no advierte del tenor del oficio ordinario A/17 2205 de 13 de mayo de 2022, que convoca a la Jornada Nacional de Comunicadores (as) de la Red de Salud “Juntas/os hacia un Sistema Universal de Salud”, que éste haya tenido por objeto efectuar alguna acción que importe un intervencionismo en favor de alguna opción, destaca que aquella jornada, así como cualquier otra actividad de ese tipo que se haya desarrollado o se pretenda desarrollar, no puede derivar en actividades o acciones que importen promover, tanto al interior de ese ministerio como a la comunidad, el texto de la propuesta de nueva Constitución que se plebiscitará el 4 de septiembre de 2022.

 

Vea Dictámenes N°E245590 y N°E208180 de 2022.

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