Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte Suprema acoge recurso de amparo y da por cumplida pena por conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir.

El máximo Tribunal hizo lugar a la acción constitucional al establecer que Carabineros no supervisó el cumplimiento de la pena alternativa impuesta, por lo que establecer un nuevo periodo de control resulta ilegal.

Por Redacción·19 de octubre de 2022·1 min de lectura
Corte Suprema acoge recurso de amparo y da por cumplida pena por conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir.
Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de amparo interpuesto por la defensa y dio por cumplida la pena de 61 días de reclusión parcial domiciliaria nocturna bajo control de Carabineros, impuesta a conductor en calidad de autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir. Ilícito cometido en la comuna de Río Negro, en septiembre del año pasado.

El fallo señala que, tampoco resulta controvertido que funcionarios policiales, en razón de problemas de comunicación electrónica, no advirtieron la orden de controlar la pena sustitutiva respecto del amparado.

La resolución agrega que, desde la época en que debió principiar el control de la pena sustitutiva impuesta al amparado, no existe constancia o denuncia respecto a que no hubiese dado cumplimiento al confinamiento domiciliario dispuesto, no pudiendo hacer de su cargo los problemas de comunicación existentes entre el tribunal y el órgano encargado de supervigilar el cumplimiento de la pena sustitutiva.

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