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Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.

Multa de 100 UTM a empresa que realizó prácticas antisindicales se confirma por la Corte Suprema.

La empleadora incentivó con mayores beneficios a los trabajadores no afiliados, y privó de la asignación de trabajo en horas extraordinarias a los miembros de la agrupación, perjudicando la remuneración de los integrantes del sindicato; prácticas que fueron consideradas por la judicatura como contrarias a la libertad sindical.

22 de febrero de 2023

La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que desestimó el recurso de nulidad presentado en contra del fallo de base, que hizo lugar a una denuncia por prácticas antisindicales.

La Dirección Regional del Trabajo Metropolitana Poniente, presentó el reclamo en representación del sindicato de la empresa denunciada. La agrupación indicó que desde su constitución siete miembros renunciaron a sus filas, cansados de las prácticas antisindicales de la empresa, consistentes en no autorizar las horas extras a los miembros del sindicato y ofrecer mayores beneficios a los trabajadores que no ingresaron a la entidad, atentando con estas conductas en contra de la libertad sindical.

El tribunal de primera instancia hizo lugar a la denuncia y condenó a la empresa al pago de una multa de 100 UTM, a realizar una capacitación en materia sindical, a elaborar un documento sobre las posibilidades de ingresar al sindicato, a enviar tal documento a sus trabajadores, a establecer por escrito de un sistema de asignación de trabajo en horas extraordinarias, y a facilitar un espacio físico para el funcionamiento del sindicato de los trabajadores; decisión que fue confirmada por la Corte de Santiago al rechazar el recurso de nulidad presentado por la demandada.

En contra de este último fallo, la empresa interpuso recurso de unificación de jurisprudencia.

La materia de derecho que solicitó unificar, consiste en determinar, “(…) la aplicación e interpretación del artículo 289 del Código del Trabajo, en el sentido que, para la configuración de una práctica antisindical, se requiere la realización de una conducta destinada, efectivamente, a atentar en contra de la libertad sindical, mediante la acreditación de un ánimo, intención y/o dolo del sujeto activo”.

La demandada acompañó una sentencia dictada previamente por la Corte Suprema, que afirma incide en la misma materia.

El máximo Tribunal desestimó el recurso de unificación de jurisprudencia, luego de razonar que, “(…) está asentado en la causa que el empleador habría incurrido en hechos discriminatorios para el desincentivo de la afiliación sindical, especialmente por la privación o disminución de asignación de horas extraordinarias, lo que rebajaba el sueldo de los trabajadores y el hecho de haber pagado indemnizaciones por sobre lo legal a trabajadores que terminaron su relación laboral, premiando de esta forma la no afiliación y la salida de trabajadores afiliados al sindicato. De tal modo que, configurando estas conductas la práctica antisindical prevista en las letras c), d) y g) del artículo 289 del Código del Trabajo, se ha hecho una correcta interpretación de dicha norma legal por la judicatura de fondo”.

De igual forma, el fallo considera que la única sentencia acompañada para el cotejo no es suficiente para llevar a cabo la homologación solicitada. En tal sentido, la Corte indica que, “(…) si bien se constata la disconformidad denunciada en la interpretación y aplicación dada al precepto analizado en el fallo atacado en relación a aquélla de que da cuenta la copia de las sentencia citada como contraste, no constituye la hipótesis prevista por el legislador para que esta Corte, por la vía del recurso, invalide el fallo de nulidad y altere lo decidido en el fondo, por cuanto los razonamientos esgrimidos en lo sustantivo por la Corte de Santiago para fundamentar su decisión se ha ajustado a derecho, de tal forma que el arbitrio intentado deberá ser desestimado”.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia.

 

Vea sentencias Corte Suprema Rol Nº7469-2022, Corte de Santiago Rol Nº720-2021 y 2º Juzgado del Trabajo de Santiago RIT S-35-2020.

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  1. Hola bueno dias consulta la libertad sindical lo pueden ejecutar la directiva actual para cualquier cambio que se haga en la empresa en la cual trabajes y sin el consentimiento de uno ….