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Argentina.

Proceso penal contra hombre que fue sorprendido con marihuana es nulo: el control policial estuvo motivado erróneamente por un presunto consumo de drogas que no ocurrió.

El procedimiento policial no contó con los recaudos legales necesarios, situación que llevó a solicitar la nulidad del procedimiento policial y, en consecuencia, de las actuaciones y a que se disponga el sobreseimiento, en tanto no surge de la declaración del personal policial ni de las actas circunstancias razonables y objetivas que justificaran el palpado preventivo y requisa.

17 de mayo de 2023

La Cámara Federal de Casación Penal (Argentina) acogió el recurso de casación deducido por un hombre que fue procesado penalmente tras ser detenido por efectivos policiales en un procedimiento arbitrario, cuestión que fue refrendada por el propio Ministerio Público.

Según los hechos del caso, el recurrente fue controlado por efectivos policiales al ser avistado descalzo y tambaleándose en la vía pública. Cuando revisaron sus bolsillos, para descartar la presencia de armas, encontraron 38,91 gramos de cannabis sativa, por lo que fue detenido y formalizado por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Se trabó embargo sobre sus bienes por la suma $100.000 pesos.

El hombre apeló el auto de procesamiento por estimar que se inobservaron las normas procesales. Así, cuestionó el procedimiento policial pues, a su juicio, el control estuvo motivado por un presunto consumo de estupefacientes que fue descartado posteriormente, tal como consta en los informes médicos. Adujo una vulneración del derecho a la intimidad.

El juzgado desestimó el recurso, a pesar de que el Ministerio Público se había allanado a la petición de la defensa, por considerar que el procedimiento policial estuvo viciado. El hombre recurrió el fallo vía casación.

En sus análisis de fondo, la Cámara observa que “(…) representante fiscal valoró las circunstancias del caso así como también las evidencias colectadas y, a partir de allí, concluyó que el procedimiento policial no se ajustaba a la normativa procesal que habilita excepcionalmente la detención y requisa de una persona sin orden judicial previa. Tras dicho análisis coincidió fundadamente con el planteo de nulidad efectuado por la defensa y solicitó el cese de la persecución penal”.

Señala que “(…) la decisión adoptada por el a quo contraría el principio acusatorio en un supuesto donde no se advierte irrazonabilidad en el accionar del Ministerio Público y, en consecuencia, así como invocada doctrina consolidada de la Corte Suprema en torno  a los requisitos sustanciales que hacen al debido proceso, de los que se desprende que sin acusación por parte del órgano facultado a tal fin no se puede continuar con la persecución penal”.

Agrega que “(…) el resolutorio objetado no supera el test de fundamentación a la vez que afectó la garantía del debido proceso del acusado; lo que conmueve su validez y la de las actuaciones. Así, se advierte que en el caso bajo examen no se observa controversia entre lo solicitado por la defensa del imputado y lo dictaminado por el representante del Ministerio Público”.

En definitiva, la Cámara concluye que “(…) el procedimiento policial no contó con los recaudos legales necesarios, situación que llevó a solicitar la nulidad del procedimiento policial y, en consecuencia de las actuaciones y a que se disponga del sobreseimiento, en tanto no surge de la declaración del personal policial ni de las actas circunstancias razonables y objetivas que justificaran el palpado preventivo y requisa”.

Al tenor de lo expuesto, la Cámara resolvió acoger el recurso y anular la resolución recurrida. Asimismo, remitió el asunto al tribunal de origen para que dicte una nueva decisión conforme a lo resuelto.

 

Vea sentencia Cámara Federal de Casación Penal FCR XXXXX2019.1.CFC1.

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