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Para proteger su vida e integridad.

CIDH otorga medidas cautelares en favor de diputada nicaragüense privada de libertad, cuyo paradero se desconoce al día de hoy.

El Estado se encuentra en una posición especial de garante que implica el deber de respetar la vida, integridad, salud y demás derechos humanos de las personas privadas de libertad, en tanto las autoridades penitenciarias ejercen un fuerte control o dominio sobre las personas que se encuentran sujetas a su custodia.

14 de octubre de 2023

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares en favor de una diputada nicaragüense de etnia indígena que se encuentra desaparecida desde el 1 de octubre del presente año. Constató que la situación denunciada cumple con los requisitos de gravedad, urgencia y riesgo de daño irreparable, necesarios para fundar medidas de esta naturaleza.

Según la solicitante, la diputada fue detenida por agentes del Estado y desde entonces se desconoce su paradero. Las autoridades han guardado silencio sobre el caso a pesar de haber sido requeridas para informar sobre el estado de la mujer, que fue arrestada sin mediar una orden judicial.

Por este motivo, solicitó a la CIDH la dictación de medidas cautelares para proteger la vida e integridad de la detenida, quien es miembro de YATAMA (Hijos de la madre tierra unidos), organización indigenista opositora al régimen de Daniel Ortega. Sin ir más lejos, recientemente le fue revocada la personalidad jurídica por realizar actos contrarios al gobierno.

En su análisis de fondo, la Comisión observa que, “(…) en relación con las personas privadas de libertad en general, el Estado se encuentra en una posición especial de garante que implica el deber de respetar la vida, integridad, salud y demás derechos humanos de ellas, en tanto las autoridades penitenciarias ejercen un fuerte control o dominio sobre las personas que se encuentran sujetas a su custodia. Ello se presenta como resultado de la relación e interacción especial de sujeción entre la persona privada de libertad y el Estado”.

En el caso concreto, comprueba que “(…) la alegada situación de riesgo de la propuesta beneficiaria se enmarca en el contexto actual por el que atraviesa Nicaragua, el que  es particularmente hostil hacia personas consideradas, percibidas o identificadas como opositoras al gobierno y, en general, hacia cualquier persona crítica del actual gobierno de Nicaragua. Dicho contexto, particularmente hostil, se ha intensificado en el tiempo. De ese modo, la situación de la propuesta beneficiaria no se trata de evento aislado, sino que se inserta en el contexto actual de Nicaragua, caracterizado por la práctica de detenciones y criminalización de defensores de derechos humanos y opositores políticos”.

Agrega que “(…) la falta de respuesta del Estado impide conocer las medidas adoptadas que se estarían implementando para atender la situación de riesgo de la propuesta beneficiaria y controvertir los hechos alegados por la parte solicitante. Por lo tanto, la Comisión no cuenta con información que permita valorar si la situación de riesgo ha sido mitigada, o bien sobre las acciones tendientes a determinar el paradero o destino de la propuesta beneficiaria. Asimismo, la Comisión advierte además que la propuesta beneficiaria podría encontrarse bajo custodia del Estado, quien tendría la información sobre su ubicación y situación actual”.

La Comisión concluye que “(…) la propuesta beneficiaria está sujeta a una situación de total incomunicación tras su detención por parte de agentes estatales, lo que se ve más agravado ante la imposibilidad de conocer el lugar en el que se encuentra. Lo anterior, impide a sus familiares y personas cercanas activar oportunamente los mecanismos internos para proteger sus derechos. Esta situación de detención incomunicada no solo impide constatar la situación actual de los propuestos beneficiarios, sus condiciones de detención y su estado de salud, sino que además supone un cercenamiento de las garantías procesales de toda persona detenida”.

En mérito de lo expuesto, la Comisión acogió la solicitud y otorgó medidas cautelares en favor de la afectada. Solicitó al Estado tomar las medidas necesarias para ubicar a la beneficiaria y proteger su vida e integridad.

 

Vea resolución Comisión Interamericana de Derechos Humanos 60.2023.

 

 

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