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Supervisión de cumplimiento de sentencia.

Colombia ha cumplido parcialmente las medidas de reparación decretadas en el caso “Omeara Carrascal y Otros vs. Colombia”, resuelve la Corte IDH.

El acto de reconocimiento de responsabilidad internacional cumplió con los requerimientos indicados en la sentencia, e incluso abarcó aspectos no ordenados en la misma, tales como la realización de un espacio de atención psicosocial previo, lo cual demuestra la voluntad del Estado de cumplir esta medida de la manera más satisfactoria para las víctimas, lo cual contribuye significativamente a su dignificación.

15 de octubre de 2023

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dictaminó, en el marco de su supervisión de cumplimiento de sentencia, que el Estado colombiano ha cumplido parcialmente las medidas de reparación ordenadas en la sentencia de fondo del caso “Omeara Carrascal y Otros vs. Colombia”. Si bien reconoció su responsabilidad internacional por las violaciones cometidas, aún debe realizar las investigaciones pertinentes para esclarecer los hechos.

El caso versa sobre el asesinato y desaparición forzada de los miembros de una familia a manos de grupos paramilitares (1994), quienes habrían actuado con la aquiescencia de las autoridades de la época. El asunto llegó a estrados de la Corte IDH a raíz de la falta de investigación para dilucidar lo ocurrido, por lo que resolvió que el Estado incumplió su obligación de proteger el derecho a la vida y la integridad personal y de actuar con la debida diligencia investigativa.

En su análisis de fondo, la Corte observa que “(…) el Estado aportó prueba sobre la ejecución de la medida de reconocimiento de responsabilidad internacional y “solicitó la declaratoria del cumplimiento total”. Los representantes de las víctimas confirmaron lo informado por Colombia, aportaron prueba adicional y “solicitaron a la Corte  que declare cumplida la medida”. La Comisión Interamericana no presentó observaciones al respecto”.

Agrega que “(…) con base en la información y prueba aportada, se constata que el 21 de julio de 2023 se realizó el acto de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos y violaciones de este caso, el cual fue presidido por el Ministro de Justicia y del Derecho, quien además “ofreció disculpas a las víctimas por tan atroces hechos”. El acto se realizó de manera privada, porque así fue solicitado por las víctimas del caso, y no fue divulgado también por petición de aquellas”.

Señala que “(…) es lamentable que transcurrieran más de cuatro años desde la notificación de  la Sentencia para que se implementara esta medida, que tiene una gran importancia para la dignificación de las víctimas. Por ello, valora positivamente todos los esfuerzos realizados por el Estado de forma reciente para la concertación con las víctimas y la realización del mismo, respetando su voluntad en cuanto a la modalidad privada y particularidades del acto

La Corte concluye que “(…) el acto cumplió con los requerimientos indicados en la Sentencia, e incluso abarcó aspectos no ordenados en la misma, tales como la realización de un espacio de atención psicosocial previo, lo cual demuestra la voluntad del Estado de cumplir esta medida de la manera más satisfactoria para las víctimas, lo cual contribuye significativamente a su dignificación”.

En definitiva, la Corte dictaminó que Colombia ha cumplido parcialmente las medidas de reparación, por lo que mantendrá abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento.

 

Vea resolución Corte Interamericana de Derechos Humanos caso Omeara Carrascal y Otros vs. Colombia y sentencia de fondo.

 

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