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Imagen: eleconomista.net
Enviado a la presidencia del Senado.

Corte Suprema remite informe sobre proyecto de ley que busca combatir el sobreendeudamiento.

Para el pleno de ministros, las principales observaciones al proyecto de ley, corresponden al procedimiento que le permite a las entidades emisoras comparecer ante el Juez de Policía Local a solicitar la suspensión de la obligación de cancelar los cargos y/o restituir de fondos, cuando existen fundadas sospechas de dolo de parte del usuario que desconoce una transacción, sin importar el monto de esta.

15 de diciembre de 2023

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema analizó el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que “Modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de adoptar medidas para combatir el sobreendeudamiento”. Informe que fue enviado ayer, jueves 14, a la presidencia del Senado.

El informe plantea que a través del presente informe se analizó el proyecto de ley que “Modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de adoptar medidas para combatir el sobreendeudamiento”, en específico, aquellas modificaciones legales contenidas en el artículo 4 de la propuesta, destinadas a reformar el procedimiento regulado en la Ley N° 20.009 que Establece un Régimen de Limitación de Responsabilidad para Titulares o Usuarios de Tarjetas de Pago y Transacciones Electrónicas en caso de Extravío, Hurto, Robo o Fraude.

Añade que en este punto, el propósito tenido en vista por el Poder Ejecutivo en su Mensaje, es responder al aumento indeseado de las operaciones tendientes a desconocer las transacciones bancarias por parte de los usuarios, las que se han producido, en mayor medida, a partir de la dictación de la Ley N° 21.234, la cual abrió un margen de posibilidad a los auto fraudes por medio del uso de medios de pago, al traspasar la responsabilidad a las entidades emisoras por las operaciones no autorizadas por un monto igual o inferior a 35 UF.

Para el pleno de ministros, las principales observaciones al proyecto de ley, corresponden al procedimiento que le permite a las entidades emisoras comparecer ante el Juez de Policía Local a solicitar la suspensión de la obligación de cancelar los cargos y/o restituir de fondos, cuando existen fundadas sospechas de dolo de parte del usuario que desconoce una transacción, sin importar el monto de esta.

Sin perjuicio de la mirada positiva frente al cambio presentado, releva el máximo tribunal, se hacen una serie de sugerencias, primero, orientado a evaluar la necesidad de crear un procedimiento especial para el conocimiento de estos asuntos, segundo, sobre la falta de reglas de procedimiento para su tramitación, tercero, para hacer presente algunos vacíos existentes en la propuesta, y finalmente, sobre el aumento en la carga de trabajo asociada a esta iniciativa y a otras en tramitación en el Congreso Nacional.

 

Vea informe

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