TC no admitió a trámite requerimientos de inaplicabilidad que impugnan norma del Código de Minería referido al cómputo del plazo para declarar la caducidad de derechos emanados de manifestaciones mineras.
Las gestiones pendientes invocadas incidían en sendos recursos de casación en el fondo que conoce la Corte Suprema, con el objeto de anular las sentencias interlocutorias, que acogieron la caducidad de los derechos emanados de manifestaciones mineras y ordenan la cancelación de las respectivas inscripciones.