Controvertido proyecto minero “Playa Verde” llega al Primer Tribunal Ambiental.
La zona de emplazamiento del proyecto ha sido históricamente un lugar afectado por la contaminación producida por la industria minera.
La zona de emplazamiento del proyecto ha sido históricamente un lugar afectado por la contaminación producida por la industria minera.
La reclamante había presentado una denuncia ante la SMA en contra de la minera la que fue archivada por estimar que no revestía la seriedad o mérito suficiente para dar lugar a un procedimiento sancionatorio.
Por la alteración significativa que el proyecto podría provocar en el sistema de vida y costumbres de los miembros de la comunidad indígena.
La sentencia pone énfasis en que, salvo actividades de subsistencia, toda actividad productiva genera impacto en el medioambiente por lo que la normativa nacional e internacional ha diseñado procesos de evaluación que permite determinar las externalidades negativas para que, en base a las mismas, el titular del proyecto adopte medidas de mitigación, compensación o reparación apropiadas.
El Tribunal señaló que existe un nivel de incertidumbre y riesgo en la evaluación ambiental, con evidentes anomalías en la definición del área de influencia del proyecto, la emisión de contaminantes y modelación de la calidad del aire, lo que atenta con la salud de la población.
El procedimiento sancionatorio se inició con motivo de una fiscalización realizada por la Seremi de Salud, en la que detectó un conjunto de incumplimientos graves asociados a la salud de los trabajadores de RECIMAR y la comunidad adyacente (Villa Kamac Mayu, Teletón de Calama y Comunidades Indígenas de Yaquincha), decretando la medida sanitaria de prohibición de funcionamiento.
Los programas de cumplimiento o “PdC” consisten en un plan de acciones y metas que presenta un titular infractor ante la SMA con el objetivo de cumplir nuevamente con la normativa ambiental
Las parte demandante, demandada y terceros coadyuvantes, que en este caso son el CDE, la compañía minera, además, de la Comunidad de Peine y Consejo de Pueblos Atacameños, manifestaron su intención de avanzar en el proceso.
Los demandantes arguyen que no cabe duda alguna que en el sector donde se emplaza el proyecto, esto es, un banco de machas, ha generado un impacto ambiental y daños al medio ambiente especialmente a los recursos bentónicos del lugar, producto de la instalación del cable FOS 5G.
El proyecto ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, SEIA, mediante un Estudio de Impacto Ambiental, EIA, y fue calificado favorablemente por la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama por medio de la Resolución Exenta Nº65 de fecha 13 de junio de 2019.