Tercer Tribunal Ambiental: Alegaron reclamación contra Parque Eólico Calbuco.
Piden anular RCA del proyecto por indebida consideración de observaciones ciudadanas, lo que es descartado por el SEA.
Piden anular RCA del proyecto por indebida consideración de observaciones ciudadanas, lo que es descartado por el SEA.
Los incumplimientos que se sancionaron dicen relación con el ocultamiento de información evitando que la SMA ejerciera sus atribuciones fiscalizadoras; “inadecuado manejo de mortalidad y de residuos sólidos”, incumplimiento de medidas preventivas en su Plan de Contingencias, además de un pretil de plataforma de ensilaje que presentaba daños estructurales.
La Municipalidad deberá financiar esta reubicación, decretada como una medida cautelar a raíz de un incendio que se registra en el recinto municipal.
El proyecto contempla la realización de 53 calicatas que pueden causar impactos en la calidad y disponibilidad del recurso hídrico, la flora y fauna que habita en la zona y en el componente arqueológico.
No existe infracción manifiesta a las normas sobre apreciación de la prueba ni se falló ultrapetita.
La autoridad fiscalizadora solicita el total rechazo de la acción deducida por la Ilustre Municipalidad de Ancud.
Tal como ocurre en este tipo de nominaciones, el Senado abre un período en que la ciudadanía puede hacer llegar sus planteamientos u opiniones sobre los candidatos.
De acuerdo a la reclamante, el proyecto debió evaluarse a través de un Estudio de Impacto Ambiental y no una mera Declaración, en consideración a graves afectaciones a los sistemas de vida de las comunidades aledañas, al territorio en que se pretende emplazar y al valor paisajístico y turístico de la zona.
El órgano fiscalizador deberá informar en un plazo de 10 días, debiendo adjuntar copia autentificada del expediente administrativo que dio lugar a la decisión impugnada.
Las medidas cautelares no solo buscan precaver un peligro en la infructuosidad de la sentencia, sino que además tienen por objeto impedir los efectos negativos de los actos o conductas sometidos al conocimiento del Tribunal.