CGR dictamina que las municipalidades que recurran a la modalidad de “compra ágil”, no requieren emitir un decreto alcaldicio que autorice su procedencia.
La Ley Orgánica de Municipalidades se remite a la regulación específica de compras públicas, la cual exime de la emisión de un acto administrativo para llevar a cabo esta modalidad especial de trato directo.