Los actos para forzar a los agentes del Estado a realizar actos de represión, son delitos comunes, por ende, prescriben según las reglas que les son propias. Asimismo, la magistratura estimó que los demandantes no fueron capaces de acreditar los abusos y maltratos denunciados que acusaron sufrir por parte de sus superiores en el Ejército.
Dictadura militar
Fisco debe pagar 10 millones de pesos a víctima de tortura durante la dictadura cívico militar.
Fisco debe pagar 12 millones de pesos a Héctor Llaitul por daño moral, confirma la Corte Suprema.
Fisco debe pagar millonaria indemnización a víctima de persecución política reconocida en el informe Valech, confirma la Corte Suprema.
Pena impuesta por delito de secuestro calificado no puede ser agravada por la calidad de funcionario público del condenado.
La agravante del artículo 12 Nº8 del Código Penal, no puede invocarse para aumentar el castigo de quien cometió el delito de secuestro calificado, debido a que dicho tipo penal considera una sanción más severa debido a que el sujeto activo siempre será un agente del Estado.
Fisco debe pagar 40 millones de pesos a título de indemnización por daño moral a víctima de prisión política y tortura durante la dictadura cívico-militar.
El máximo Tribunal indica que la responsabilidad del Estado en materia de violaciones a los derechos humanos es objetiva, y se debe cumplir con la obligación de reparar íntegramente el daño, según las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos ratificadas por Chile.
Indultos a condenados por delitos de lesa humanidad del ex Presidente Piñera no cumplieron requisitos previstos en el Estatuto de Roma, resuelve la Corte Suprema.
Lo dispuesto en su artículo 110, párrafos 3 y 4, complementa la Ley 19.856 y su Reglamento. No obstante, el recurso de protección debe ser desestimado pues todos los condenados beneficiados con la reducción de sus penas la han cumplido íntegramente, por lo que acoger la acción carecería de efecto práctico.
Condena de 12 años de cárcel decretada a ex agente de Carabineros que asesinó a un detenido político en 1973 se confirma por la Corte Suprema.
El recurrente invocó argumentos contradictorios en su recurso. De manera principal abogó por su inocencia fundada en las imprecisiones del relato de los testigos de la causa, pero en su petición subsidiaria solicitó que se le aplique una pena atenuada por su participación en los hechos, alegaciones contrapuestas que se anulan entre sí y privan de sustento material a su libelo.
Condena impuesta a Cristián Labbé por el delito de apremios ilegítimos es confirmada por la Corte Suprema.
Los hechos ocurrieron en noviembre de 1973, en el marco de la denominada “operación peineta”, que buscaba capturar a opositores del régimen militar en la zona cordillerana entre Concepción y Valdivia. Sin embargo, en fallo dividido, el máximo Tribunal sustituyó de oficio la pena privativa de libertad por la remisión condicional de la pena, aduciendo razones humanitarias en atención a los derechos que posee el condenado al ser un adulto mayor.