A diferencia de las reglas contenidas en el D.L. N°409 y en el D.S. N°64, el legislador innovó incorporando a los tribunales ordinarios o especiales con competencia penal, para los efectos de ordenar al Servicio de Registro Civil e Identificación la eliminación o la omisión de antecedentes penales, según corresponda.
29 de febrero de 2024