La prisión preventiva fue confirmada por la Corte hace unos días, por lo que la acción de amparo no es la vía idónea para dejar sin efecto la medida cautelar.
Además, no se divisa la ocurrencia de algún hecho contrario a la ley que importe una privación, perturbación o amenaza a la libertad o seguridad individual de la persona que recurre.