Local comercial

Medida cautelar que afecta a denunciado por VIF debe discutirse ante los tribunales designados por la ley y conforme al procedimiento que corresponde, resuelve la Corte de Santiago.

No obstante lo anterior, ordenó al tribunal se realice audiencia dentro del plazo de 72 horas con el objeto de precisar y aclarar el lugar en que efectivamente reside la actora y su hija, domicilio en el que finalmente se deberán hacer efectivas las medidas decretadas en contra del recurrente, ya que en el domicilio individualizado se encuentra su local que le sirve para ejercer su trabajo y consecuentemente como sustento de ingreso económico.

18 de diciembre de 2023