Que transcurrieran más de siete meses entre la agresión y el fallecimiento, no es suficiente para destruir el vínculo causal entre ambos sucesos, ya que no ha sobrevenido ningún otro hecho que haya modificado el curso causal originado por los golpes.
No existe mención alguna en el recurso respecto a la o las normas legales que el fallo recurrido habría infringido.