CS desestima recurso de protección contra Instituto de Previsión Social por denegar pensión de viudez a solicitante tras el fallecimiento de su conviviente civil.
El artículo 16 de la Ley N°10.475 establece que la pensión de viudez solo puede ser solicitada por el o la cónyuge sobreviviente y no contempla a los convivientes civiles.