Sentencia de reemplazo

El error de derecho es no haber impuesto la pena correspondiente a las diversas infracciones, estimadas como un solo delito, aumentándola en uno o dos grados, desde que resultaba favorable al penado.

El acusado pertenecía a una banda criminal dedicada a marcar, seguir, y robar a personas que retiraban altas sumas de dinero desde sucursales bancarias ubicadas en el sector sur de la capital, concretando más de nueve atracos entre diciembre de 2020 hasta diciembre de 2021, cuando los miembros de la organización fueron detenidos. El máximo Tribunal estimó que la pena debía ser unificada, y no aplicar las reglas del concurso real como lo hicieron los jueces orales.

9 de abril de 2024

Tratándose de una tutela o curaduría la obligación de rendir cuenta se encuentra prevista, por regla general, para el término de la administración. Por excepción, en la hipótesis de “causa grave” podrá exigirse durante la administración del tutor o curador pero debe ser acreditada.

6 de julio de 2022
La noción de “causa grave” como justificación de la solicitud de rendición de cuentas antes del término de la administración del tutor o curador no se encuentra definida en la ley, no obstante tratarse de una acepción utilizada en diversas normas del Código Civil.
Recurso de casación acogido.

En la etapa judicial preparatoria de notificación de facturas la impugnación no puede fundarse en la falta de entrega de mercaderías o prestación de servicios. La única oposición permitida es la falsificación material de la factura o del recibo.

Lo anterior luego de la modificación introducida por la Ley Nº20.956. En este caso la oposición se fundó en una serie de consideraciones relativas a la falta de mérito ejecutivo de los títulos y en la falta de prestación de los servicios indicados en las estas.

2 de mayo de 2022
Principio de coordinación.

Exigencia de certificado de la Superintendencia de Casinos para acreditar que las máquinas son de habilidad o destreza y no constituyen juegos de azar, se ajusta a derecho.

La Municipalidad de Osorno no incurrió en ilegalidad al exigir la certificación para pronunciarse sobre la patente municipal de la actora, toda vez que aquello se vincula a la aplicación del Dictamen N° 25.712 y se ajusta a lo dispuesto en el Decreto Ley N° 3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales.

19 de enero de 2022
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